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ENAJENACION DE ACCIONES SIN CONSENTIMIENTO DEL TITULAR

  • Consulta : 227330
  • Autor : jchavez70_NR
  • Publicado : Martes 15 de Abril de 2014 17:16 desde la IP: 189.182.96.139
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,608
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  • Autor
    Consulta

  • jchavez70_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Gracias por la atencion.  En Enero  2009 constitui con una Socia, una  XYZ   SA de CV. ella tiene el 51% de acciones y yo el 49%, la sociedad ha operado con normalidad hasta la fecha.   Teniamos otras dos sociedades las cuales liquidamos  en 2012, por problemas comunes con la socia  y de comun acuerdo dejamos que continuara la  XTZ SA de CV ella es la administradora y encargada de la sociedad, en parte yo le cedi la operacion y hasta la fecha no he recibido dividendos o sueldo de dicha empresa a pesar de operar nomalmente.

    En estos dias necesitaba comprobar ante el banco que tenia alguna sociedad de la cual recibo pagos o simplemente con su operacion comprobaba que tenia una fuente de ingresos por ser socio fundador, pues resulta que solicite al registro Publico copia certificada de esa sociedad y resulta que '"enajene" mis acciones, pero da la casualidad que no esta mi firma solo de la socia y la actual "compradora"de mis acciones.  De entrada tengo la opcion de realizar dos acciones, por la via penal ante el Ministerio Publico federal por Fraude en contra de quien resulte responsable y posteriormente por la Via Civil pedir la nulidad de la asamblea.

    Aqui mi idea es que se le finque responsabilidad penal a quien se beneficio con la enajenacion sin mi consentimiento y la otra es que me paguen todo el tiempo que no he pedido rendicion de cuentas, yo no las pedia por no verle la mascara a la socia, pero ya con esto que me esta haciendo dolosamente si me gustaria una recomendacion y ver la via idonea y mas rapida, y que tan viable ven las dos opciones que les pongo a su criterio, gracias Sres. abogados por su amable asesoria.

    PD. La accion prescribe en una anno pero cuando tienes conocimiento de dicho movimiento fraudulente, yo a penas me entere hace 5 dias, lo cual lo puedo comprobar con el corrreo de los requisitos que me pide el banco y la copia de la solicitud del regitro publico y obviamente salvo protesta de decir verdad.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 353108

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El término para que prescriba la acción de rendición de cuentas es de cinco años. Por otra parte para poder tranferir acciones se necesita forzosamente el endoso en las mismas y para ello evidentemente deben existir físicamente en papel. Debe Usted demandar la rendición de cuentas y la nulidad de la transmisión de las acciones. 



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