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DIVORCIO
- Consulta : 134680
- Autor : gonzalezsotogabriel_NR
- Publicado : Domingo 08 de Enero de 2012 13:43 desde la IP: 72.161.120.202
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,480
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 08 de Enero de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250706
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Enero de 2012 14:39 2012-01-08 14:39 desde IP: 201.141.196.174
hola buen dia claro que puedes divorciarte por ese simple hecho ya que cumple con uno de los requisitos para el divorcio que se contemplan en el codigo civil pero recuerda que una cosa es la disolucion del vinculo matrimonial ( divorcio ) y otra muy diferente es la liquidacion de la sociedad ( reparticion de bienes ) necesariamente tendras que promover ante el juez de lo familiar la situacion especifica que te queja y de ahi se desprende lo demas quiza necesites realizar dos demandas diferentes o mediante via incidental del inicial podras reclamar lo que a tu derecho convenga para la liquidacion de la sociedad mi correo es "arliher2">arliher2 y mi telefono es 5528660826 y oficina 62775058 atencion lic. arlette hernandez
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AutorRespuesta No: 250761
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Enero de 2012 22:23 2012-01-08 22:23 desde IP: 201.141.83.154
¿Ya acreditó el fraude? ¿El Juez penal ya dictó orden de aprehensión? ¿Ya se dictó sentencia condenatoria? No sea que le devuelvan la tortilla y resulte Usted cónyuge culpable y tenga que pagar alimentos a la cónyuge inocente. Cuidado con los coyotes que se anuncian en este foro de asesoría gratuita. Cuídate ti mismo.
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