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MULTA FEDERAL
- Consulta : 203753
- Autor : gabs31_NR
- Publicado : Viernes 19 de Julio de 2013 19:08 desde la IP: 201.144.162.27
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,242
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 19 de Julio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 321741
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Julio de 2013 00:14 2013-07-21 00:14 desde IP: 187.187.183.16
Si ya está en el SAT, entonces ya se convirtió en un crédito fiscal y en cualquier momento te van a requerir el cobro los ejecutores de Hacienda y si no cubres el monto del adeudo, que seguramente ya es más por actualización y recargos y gastos de ejecución, entonces te van a embargar bienes que garanticen el monto del adeudo. Puedes pagar en parcialidades, pero tendrás que ir al SAT a negociar esa forma de pago. Mucha suerte y no lo dejes porque empeoras tu situación, y dese luego no hay carcel para este tipo de asuntos.
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