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¿QUé SON LAS CIRCUNSTANCIAS ECONóMICAS DE TIPO GENERAL?

  • Consulta : 128231
  • Autor : dario.felipe.puriel_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Octubre de 2011 09:52 desde la IP: 200.23.91.180
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,239
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  • Autor
    Consulta

  • dario.felipe.puriel_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    De conformidad con el articulo 59 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dice:

    Sin embargo, cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato a precio alzado o la parte de los mixtos de esta naturaleza, se presenten circunstancias económicas de tipo general que sean ajenas a la responsabilidad de las partes y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la proposición que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente; como son, entre otras: variaciones en la paridad cambiaria de la moneda o cambios en los precios nacionales o internacionales que provoquen directamente un aumento o reducción en los costos de los insumos de los trabajos no ejecutados conforme al programa de ejecución; las dependencias y entidades deberán reconocer incrementos o requerir reducciones, de conformidad con las disposiciones que, en su caso, emita la Secretaría de la Función Pública.

    Les solicito me informen cuando y a que se refieren ese tipo de circuntancias?

     

    Saludos

     

    Atentamente

     

    ING. DARIO FELIPE PURIEL HERNANDEZ

     

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