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QUE RAZONES DISUELVEN O CANCELAN LA SOC.CONYUGAL

  • Consulta : 116967
  • Autor : MAKIX4_NR
  • Publicado : Sábado 18 de Junio de 2011 10:16 desde la IP: 189.181.57.234
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,254
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  • Autor
    Consulta

  • MAKIX4_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    QUE RAZONES ANULAN LA SOC.CONYUGAL

     

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  • Autor
    Respuesta No: 227562

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado (a) consultante MAKIX4:

    Mire, le transcribo

    Código Civil del Distrito Federal

    Artículo 187.- La sociedad conyugal puede terminar durante el matrimonio, si así lo convienen los cónyuges; pero si éstos son menores de edad, deben intervenir tanto en la modificación, como en la disolución de la sociedad, prestando su consentimiento, las personas a que se refiere el artículo 148. 

    Artículo 188. Puede también terminar la sociedad conyugal durante el matrimonio, a petición de alguno de los cónyuges por los siguientes motivos:

    I. Si uno de los cónyuges por su notoria negligencia en la administración de los bienes, amenaza arruinar al otro o disminuir considerablemente los bienes comunes;

    II. Cuando uno de los cónyuges, sin el consentimiento expreso del otro, hace cesión de bienes pertenecientes a la sociedad conyugal a sus acreedores;

    III. Si uno de los cónyuges es declarado en quiebra, o en concurso; y

    IV. Por cualquiera otra razón que lo justifique a juicio del órgano jurisdiccional competente.

    SALUDOS



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