Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

AMPARO CONTESTENME POR FAVOR DESESPERADO

  • Consulta : 168423
  • Autor : jblupillo_NR
  • Publicado : Jueves 06 de Septiembre de 2012 22:44 desde la IP: 201.141.13.27
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,255
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • jblupillo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    necesito ampararme perdi juicio de una propiedad y se me denego apelación se supone sigue el recurso de amparo mi pregunta es por cuanto tiempo me dan un amparo y cuantas veces me lo pueden dar es decir para q yo no me salga de la propiedad me puedo estar amparando mi lic me dice q pueden pasar años para q me saquen en verdad

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 283916

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si se lo dijo el abogado que perdió el juicio y además le negaron la apelación, ¿Y le cree? ¿Su abogado no será egresado de la Universidad Tenochtitlan de Clalco?



  • Autor
    Respuesta No: 283975

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distuinguido Consultante


    Plante su asunto lo mas detallado posible, recuerde que apartir de la notificación de la sentencia usted cuenta solo con 15 dias para interponer el juicio de amparo



  • Autor
    Respuesta No: 283976

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Fe de erratas de otro egresado de chalco.
    dice Plante debe decir Plantee

     

    Del verbo plantear: (conjugar)

    planteées:

    1ª persona singular (yo) pretérito indicativo

    planteees:

    1ª persona singular (yo) presente subjuntivo

    3ª persona singular (él/ella/usted) presente subjuntivo

    3ª persona singular (él/ella/usted) imperativo



  • Autor
    Respuesta No: 283981

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    pos como  no plantio nada... nada se le pude decuir...

    pero la verdad ... es que solamente te puedes amparar una vez... y nomas... y puede tardar maximo un año...



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión