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LA PRESUNCIóN DE RIQUEZA Y EL TALENTO PARA GENERAR RIQUEZA

  • Consulta : 228327
  • Autor : lic.yolyguzman_NR
  • Publicado : Martes 29 de Abril de 2014 18:27 desde la IP: 201.173.106.148
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,234
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  • Autor
    Consulta

  • lic.yolyguzman_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Quisiera saber de que manera han aplicado últimamente los jueces de lo familiar este tipo de criterio en relación a la demanda de alimentos. Si no se produce un daño colateral e iireversible a posibles afectaciones patrimoniales que vulneran los derechos humanos del deudor alimentistay en donde puedo apoya una posible defensa del mismo.

     

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