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DIVORCIO VOLUNTARIO

  • Consulta : 222439
  • Autor : cesarisraeld_NR
  • Publicado : Viernes 21 de Febrero de 2014 16:35 desde la IP: 189.128.58.135
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,249
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  • Autor
    Consulta

  • cesarisraeld_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    Hola comunidad,  ¿Se puede pedir que se modifique un covenio de divorcio voluntario que ya fue ratificado ante el juez, pero en el cual no se ha dictado la sentencia correspondiente, y de ser asi solo quiero que se modifique la clausula de Guarda y custodia y la pension alimenticia?

    Por sus respuestas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 341105

  • LIC AVILA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal…

    Soy de la opinión de que esto si es posible, pues de acuerdo al artículo 1.213 del Código Procesal Civil del Edo de Méx y su homologo en el Estado de Puebla, refiere que los asuntos relativos a sentencias dictadas en juicios de alimentos y demás que prevengan las leyes, sólo tendrán la autoridad de cosa juzgada mientras no se alteren o cambien las circunstancias  que afecten el ejercicio de la acción, así pues es cuestión de iniciar el tramite a través de un juicio autónomo  

    Por favor, en caso de duda escribe a: lic_avila01,  MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 341107

  • MRiestra
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El divorcio voluntario es más que otra cosa el acuerdo de voluntades de ambos cónyuges de terminar con el vínculo legal que los une, pero que pasa con el vínculo familiar con respecto a los hijso?  los partes por la mitad? como eso no es posible ni con la solución más salomónica entonces realizaron un convenio asesorados ambos por sus respectivos abogados donde plasmaron la forma en que iban a dividir los bienes, si es que hubiere, así como la forma de solventar las necesidades de los hijos, una vez ratificado este convenio, el juez en término que le conceda la ley en su entidad declarará disuelto el matrimonio y aprobará el convenio pactado, el cual tendrá la fuerza legal de cosa juzgada y obliga a pasar a los firmantes como si se tratara de sentencia firme, por lo que al tratar de modificar el convenio tendría que ser igual de común acuerdo con la comparecencia de la madre de los menores ó mediante un juicio completamente diferente en donde se alegue de pleno derecho los motivos y fundamentos por los que quier modificar el convenio. Espero haberle ayudado. Saludos.

    Lic. Riestra



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