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PRESCRIPCION POSITIVA VS EL BANCO

  • Consulta : 257302
  • Autor : gadw12_NR
  • Publicado : Lunes 23 de Febrero de 2015 14:50 desde la IP: 187.188.76.231
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,482
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    Consulta

  • gadw12_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Estimados Abogados.

    Resulta ser que mi mama compró un inmueble a una de sus vecinas,a través de un contrato que denominaron de "Cesion de Derechos" y en ese contrato mi mamá se hizo sabedora que sobre el inmueble pesaba una hipoteca a favor de banco santander, sin embargo ella se obligó a pagar el remanente de la hipoteca, lo cual hizo un mes despues, pero como saben en estos "Traspasos" al momento de acudir al banco a realizar el pago de la hipoteca y liberar las escrituras, la vecina que le vendió ya no acudió a firmar las escrituras y en el banco le dijeron que como ella no era la titular no podia firmar aunque hubiera pagado.

    Ahora bien, la vecina que le vendió el inmueble a mi mamá lo adquirió de la propietaria primaria del inmueble a traves de un "traspaso" y le dieron un poder especial para actos de dominio respecto del inmueble materia de la controversia para que tirara la escritura relativa a su nombre o a cualquier otra que ella determinase, esta persona primaria fue a quien se le abrió el crédito hipotecario en banco santander y la titular por ende en el banco.

    En la escritura del crédito hay una cláusula donde dice que el banco podrá dar por vencidas anticipadamente las obligaciones a cargo de "la parte acreditada" en este caso la dueña primaria del inmueble y cito "Si la parte acreditada enajena, grava, o en cualquier forma transmite el uso o disfrute del inmueble al que se refiere este contrato, sin el previo consentimiento de "El Banco" dado por escrito pues dicho inmueble debe servir como casa-habitación de la parte acreditada y de los familiares que de ella dependan"

    Mi mama tiene los originales de los contratos de cesion de derechos, el de ella y el contrato de cesion primario.

    Mi duda es si mi mamá le notifica al banco de la venta y si este no acepta la sustitucion de deudor puede intentar quitarle el inmueble a mi mama porque por lo que se desprende se violó lo dispuesto en el contrato de crédito con garantia hipotecaria al enajenarlo sin dar aviso al banco, ella ya tiene los 10 años a que se refiere el código para prescribir un inmueble y desde entonces ha pagado las mensualidades de la hipoteca.

     

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