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PUEDE UNA MADRE REGISTRAR A SU BEBE CON EL APELLIDO PATERNO SI EL PADRE FALLECIO DURANTE EL EMBARAZO Y QUE REQUISITOS NECESITA LLEVAR.
- Consulta : 148482
- Autor : amarilisdejesus69_NR
- Publicado : Jueves 26 de Abril de 2012 23:11 desde la IP: 189.144.210.63
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,612
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 26 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Muy buenas noches , mi consulta es la siguiente: Puede una madre registrar a su bebe con el apellido paterno si el padre fallecio durante el embarazo, ella tiene la acta de defuncion de su esposo, la acta de nacimiento y como testigo la madre de fallecido.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 263865
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Abril de 2012 23:12 2012-04-26 23:12 desde IP: 189.228.63.133
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Autor
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AutorRespuesta No: 263867
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Abril de 2012 23:26 2012-04-26 23:26 desde IP: 189.144.210.63
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Autor
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AutorRespuesta No: 263868
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Abril de 2012 23:27 2012-04-26 23:27 desde IP: 189.144.210.63
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Autor
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AutorRespuesta No: 263965
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Abril de 2012 16:50 2012-04-27 16:50 desde IP: 201.141.187.178
ana03
PRIMERO: Debe acreditar el concubinato, siendo el Estado de Mexico, es mediante un procedimiento no contencioso, SEGUNDO: se debe iniciar el juicio sucesorio del finado, TERCERO: demandar juicio de filiacion a la sucesion del finado padre por conducto del Albacea, el reconocimento de paternidad y el pago de una pesion alimenticia para el menor, una vez registrado y acreditado el parentesco con el finado podran ser reconocidos como herederos tanto el menor como la madre en su calidad de concubina.
Asistase de abogado de su confianza.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 263970
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Abril de 2012 17:09 2012-04-27 17:09 desde IP: 189.228.127.20
Si no hay bienes, ni el difunto padre estaba vigente en sus derechos como asegurado en algún Instituto de Seguridad Social, es decir si no hay pensión que pelear y solo quiere que el menor lleve el apellido, lo mas recomendable es como le orientó el forista que me antecede, que se abra la Sucesión solo para efectos de que se nombre albacea, y si estan de acuerdo los familiares del difunto -mucho mas fácil- ya que puede demandar la filiación al Albacea y éste allanarse a la demanda, o una vez iniciado el procedimiento de Controversia sobre el Estado Civil de las Personas, acudir al Centro de Mediación y conciliación y hacer un convenio el cuál tiene efectos de Cosa Juzgada, pero esto solo en el supuesto de que los demas familiares directos y posibles herederos esten de acuerdo.
De no ser así, igual lo puede hacer por la vía que le comentó el Lic. Abomau68.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 263990
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Abril de 2012 20:29 2012-04-27 20:29 desde IP: 187.194.54.25
1... si estaban casados... con la acta de matrimonio... te puedes presentar y facturan a tu hijo con el apellido del padre...
2... no estaban casados... no hay nada que puedas hacer... esos derechos son de viva voz... o por efectos de matrimonio...nada mas..
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Autor