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PENSION POR ORFANDAD

  • Consulta : 170774
  • Autor : vale_g15_NR
  • Publicado : Martes 25 de Septiembre de 2012 00:11 desde la IP: 187.156.41.201
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,490
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  • Autor
    Consulta

  • vale_g15_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buen día 

     

    Escribo porque mi mama  fallecio en julio del 2012 a los 50 años de edad  y nos dejo a mi hermana de 16 años y a mi de 23 años(Sigo estudiando) , empece hacer el tramite de la pension y me cotizaron con las aseguradoras banorte, gnp y bancomer, me hicieron firmar por la cantidad de 960 pesos por las 2. Esto se puede modificar????? en 10 dias me entregan la hoja de resolucion pero segun yo essta mal. Puesto que el deuño del lugar donde trabajaba mi mama me copias de las cedulas de determinacion de cuotas IMSS y ganaba la siguiente cantidad diaria

    2007= 100 pesos diarios 

    2008= 100 pesos diarios 

    2009=100 pesos diarios 

    2010=110 pesos diarios

    2011= 350 pesos diarios

    2012= 510 pesos diarios 

    Podrian ayudarme a calcular la pension yo se que es el 20% pero no se de que fechas o que se promedia exactamente, agradeceria mucho su ayuda puesto que mi hermana y yo dependiamos 100% de mi mama. tambien me gustaria que me ayudaran en caso de presentar inconformidad puesto que no se que procedimiento seguir.

    Se los agradeceria infinitamente 

    que tengan buen dia!!! 

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286385

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El cálculo por ley 97 para la pensión por orfandad es el 20% sobre la cantidad que hubiera correspondido por una pensión de invalidez.

    La pensión de invalidez es el 35% del promedio salarial de cotización de las últimas 500 semanas (10 años) o las que tuviere.

    Es decir, al promedio de salario de cotización se le saca el 35% y a esta cantidad el 20%. Y esa sería la pensión por cada una. A esta cantidad hay que aumentarle el 11% por decreto

    Para un cálculo más exacto se necesitaría el salario promedio cuantificado por seguro.

    Por otra parte, si tu condición es que también son huérfanas de padre ese 20% deberá ser 30%

    No dices desde cuándo cotizaba tu mamá y durante cuánto tiempo, esto para ver la posibilidad de una pensión por ley 73. En caso de apegarse a esta ley, se te deben presentar las dos opciones para que elijas la más conveniente y en su caso se te indique las subcuentas que podrías retirar de su afore. Como sea si no estás de acuerdo con lo que te dan, inconfórmate, en la página del IMSS o directamente con ellos, te indican el procedimiento.

    Este es un teléfono que pone a disposición el IMSS en su página para información y quejas puedes empezar por aquí.

    018006232323



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