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PERMISOS SIN GOSE DE SUELDO
- Consulta : 227094
- Autor : edgar_gonvelh_NR
- Publicado : Sábado 12 de Abril de 2014 09:13 desde la IP: 177.227.32.151
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,486
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 12 de Abril de 2014
Estado de Referencia: Querétaro
por asuntos escolares en mi trabajo me dieron 7 dias de persimos sin gose de sueldo sin contar mis dias de descanso (los permisos fueron justifizados por un documento membretado por la escula indicando que estaba en proyectos finales) , al faltar un dia despues de esos 7 dias la empresa a la que laboro me despido, legalmente es correcto lo que esta haciendo la empresa?. trabajo en un callcenter, laborando alrededor de 3 años
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 352957
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Abril de 2014 09:19 2014-04-12 09:19 desde IP: 189.210.253.56
No, usted fue víctima de un desido injustificado, toda vez que de conformidad con lo que dispone el artículo 47, fracciín X, de la Ley Federal del Trabajo, el trabajador incurre en causal de rescisiín de contrato wsin responsabilidad para el patróin, cuando tiene más de 3 faltas injustificadas en un período de 30 días naturales, y en su caso, las inasistencias erivadas del permiso sin goce de sueldo que le foe otorgado, están debidamente justificadas con el permiso del patrón; por tanto, solamente tuvo una falta injustificada, insuficiente para haber sido despedido.
Adicionalmente a lo anterior, si al momento de despedirlo, no le hicieron entrega de un aviso en el que le hicieran saber, detalladamente, las causas del mismo, independientemente que usted hubiera incurrido en una causal de rescisión sin responsabilidad para el patron, por ese simple hecho cnvierte en injustificado el despido.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, no estudiante o pasante, y menos coyote o tinterillo, a fin de que de inmediato proceda a presentar la demanda en contra del patrón, reclamándole el pago de la indemnización constitucional, prima de antigüedad y demás prestaciones que le corresponden conforme a la Ley Federal del Trabajo.
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