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DUDAS SOBRE UNA POSIBLE NULIDAD DE MATRIMONIO Y SUS CONSECUENCIAS.

  • Consulta : 255509
  • Autor : panzerkampf_NR
  • Publicado : Viernes 06 de Febrero de 2015 12:52 desde la IP: 189.223.241.26
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,504
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  • Autor
    Consulta

  • panzerkampf_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Hola buenos dias! Abogados esta es la historia, yo me divorcie en el 2011, aproximadamente en enero del 2012 salio la ejecutoria del divorcio(voluntario) en febrero del 2012 se hizo la debida isncripcion ante el registrador publico, por azares del destino me volvi a casar con mujer distinta en en diciembre del mismo 2012, como veran, no acaté el mandamiento del juez que me impedia casarme por un periodo de un año, la vdd no actue de mala fe, pero a mi actual pareja no le dije que me habia divorciado ni nada de eso. Entonces ahora que tengo problemas con mi actual pareja me comento que me demandara la nulidad de matrimonio por que no espere el tiempo suficiente para casarme de nuevo como lo establece el art 286 del CC de B.C. y ademas me comenta que no cumpli con los requisitos expuestos en los articulos:

    ARTICULO 94.-Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán una solicitud al Oficial del Registro Civil del domicilio de cualquiera de ellas, que exprese:

    I.- Los nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio, tanto de los pretendientes como de sus padres, si estos fueren conocidos. Cuando alguno de los pretendientes o los dos hayan sido casados, se expresará también el nombre de la persona con quien celebró el anterior matrimonio, la causa de su disolución y la fecha de ésta;

    ARTICULO 95.-Al escrito a que se refiere el Artículo anterior, se acompañará:

    VI.- Copia del acta de defunción del cónyuge fallecido, si alguno de los contrayentes es viudo, o de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o de nulidad de matrimonio o copia del acta de divorcio administrativo, en caso de que alguno de los pretendientes hubiera sido casado anteriormente.

    entre otras cosas, entonces tengo 3 dudas: 1Lo que necesito saber es si después de resuelto el primer matrimonio, subsiste la nulidad del segundo como ella dice. 2Si esa nulidad trae consigo la pérdida de la patria potestad de mi hija. 3 si ella puede demandarme alimentos?

    de antemano gracias y ojala me puedan ayudar porque su abogado ya me trae bien acalambrado x.x

     

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  • Autor
    Respuesta No: 374105

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado consultante

    le oriento conforme a la legislacion de veracruz, ok

    a ver, para empezar, algunas de las causales de nulidad del matrimonio aqui en veracruz nuestra ley civil establece reglas genericas especificas y terminos que las hacen prescribir, y una vez prescritas ya no pueden ser utilizadas para demandar la citada accion en juicio, ok 

    ahora bien, las consecuencias de la nulidad del matrimonio son que el matrimonio es decretado nulo y la cancelacion de la inscripcion del acta de matrimonio, ok

    asi como tambien, la "mujer" del matrimonio declarado nulo, puede demandar al hombre, una indemnizacion por daños y perjuicios, ok, 



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