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SE PUEDE PROMOVER UNA JURISDICCIóN VOLUNTARIA ?
- Consulta : 98778
- Autor : Nellyta
- Publicado : Jueves 20 de Enero de 2011 12:09 desde la IP: 201.114.59.251
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,514
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 20 de Enero de 2011
Hola buen día,
me vendieron un terreno hace tres años, la persona que me lo vendió falleció hace seis meses, como puedo sacar mis escrituras, sus vienes de la persona quedaron intestado , pero previamente antes de fallecer realizamos todos los tramites de venta de terreno, lo único que falto fueron las escrituras.
se puede promover una jurisdicción voluntaria ?
que puedo hacer ?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 206135
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 12:13 2011-01-20 12:13 desde IP: 201.103.76.167
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Autor
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AutorRespuesta No: 206143
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 12:34 2011-01-20 12:34 desde IP: 189.170.135.145
Toda opinión o consejo se encuentra sujetado a las legislaciones de cada Estado, es importante que lo consulte con un abogado de su localidad y de su confianza.
Como ya se le contestó, no puede regularizar su terreno por medio de una jurisdicción voluntaria, sino que debe de ser un procedimiento contencioso contra el caudal hereditario que dejó la persona fallecida.
Cuando dice que hizo todos los trámites, excepto escriturar, se refiere a que hubo un contrato por escrito entre las partes? De ser así, las cosas pueden ser relativamente mas sencillas, debe de reunir toda la documentación relativa a la operación de compraventa.
Usted como acreedor de la persona fallecida, puede denunciar el juicio sucesorio intestamentario, si los familiares del mismo no lo desean hacer.
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Autor
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AutorRespuesta No: 206144
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 12:39 2011-01-20 12:39 desde IP: 189.170.135.145
Toda opinión o consejo se encuentra sujetado a las legislaciones de cada Estado, es importante que lo consulte con un abogado de su localidad y de su confianza.
Como ya se le contestó, no puede regularizar su terreno por medio de una jurisdicción voluntaria, sino que debe de ser un procedimiento contencioso contra el caudal hereditario que dejó la persona fallecida.
Cuando dice que hizo todos los trámites, excepto escriturar, se refiere a que hubo un contrato por escrito entre las partes? De ser así, las cosas pueden ser relativamente mas sencillas, debe de reunir toda la documentación relativa a la operación de compraventa.
Usted como acreedor de la persona fallecida, puede denunciar el juicio sucesorio intestamentario, si los familiares del mismo no lo desean hacer.
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Autor