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MI ARRENDADOR ME PIDE DESOCUPAR EL APARATAMENTO....DEBO PAGARLE HASTA EL ULTIMO MES QUE LO HABITE?

  • Consulta : 156378
  • Autor : katty0211_NR
  • Publicado : Martes 19 de Junio de 2012 13:06 desde la IP: 186.29.130.113
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,490
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  • Autor
    Consulta

  • katty0211_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    llevo siete años habitando el mismo espacio, el arrendador me envia una carta por postal donde refiere que le debo desocupar en 3 meses....

    mi pregunta es: tengo derecho a no pagar el ultimo mes antes de desocupar o no ? la verdad algunas personas refieren que si.

    es la primera vez  que me veo en esta situacion ya que esta ha sido la primera experiencia como arrrendataria....

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 271497

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El depósito que usted pagó no solo es para cubrir las rentas en caso de que no pague oportunamente, sino también es para que en caso de que haya adeudos en luz o agua (en algunos casos también incluye el teléfono), por eso aunque en teoría podría irse sin pagar la ultima renta.

     

    No obstante es algo que debe platicar con su arrendador, ya que si el monto del recibo de luz y agua que están por llegar es  muy inferior a la renta entonces será mejor con deje de pagar la renta en ese mes y después pagar los servicios. Cuando llegue el recibo correspondiente.

     

    Saludos

     

    Lic, Elizabeth Löpez



  • Autor
    Respuesta No: 271500

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente, tienes que pagar hasta el último día que ocupes el departamento, salvo que exista un depósito y entre las partes convengan en que dicho depósito se tome a cuenta de renta.

    No hagas caso de personas que no saben (me refiero a quienes te dijeron que no pagues el último mes), en este país todo mundo se queja de la corrupción, pero todos pretenden hacer trampa y abusar de las personas.

    Tu contrato (sea verbal o por escrito) estableció una contraprestación mensual por el use y disfrute de la cosa (en este caso el departamento) en consecuencia, estás obligada a cubrir dicha contraprestación mientras la encuentres usando y disfrutando.

    Suerte!



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