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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 272858
  • Autor : laila_andy0607_NR
  • Publicado : Lunes 27 de Julio de 2015 17:02 desde la IP: 189.230.202.189
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,495
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  • Autor
    Consulta

  • laila_andy0607_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    buenas tarde. mi pregunta es sobre cual es el monto que debo exigir al padre de mi hija, despues de 9 años de no dar ni un centavo para su manutencion, en la actualidad quiere verla pero se niega a darme una pension, solo pretende darme una despensa´´semanal´´ la cual, la primera y unica que me ha dado ya tiene mas de 20 dias y fue por un monto aproximado de $300. Esta persona manifiesta que no puede dar dinero en efectivo ya que su contador no le permite egresos sin comprobar, el papa de la niña es abogado y aun asi, sostiene que no puede dar mas, pero que el tiene que ver a su hija. Por el momento no la ve hasta que arreglemos el asunto.

    Agradezco su atencion y respuesta

     

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  • Autor
    Respuesta No: 383589

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Demande la pensión alimenticia ante un juzgado familiar, y el o la juez le impondrá una pensión en salaríos mínimos que como mínimo sería dos salarios mínimos. Usted saldría ganando porque son al rededor de 120 0  130 pesos diarios, y a él le convendría aportar más de lo que está dando ahorita.

    No tenga miedo, si él es abogado sabe que tiene que cumplir con la obligaciónb que la ley le impone, promueva. Sino cuenta con los recursos necesarios para contratar a un abogado particular, acuda con su acta de nacimiento original de su hija, acta de matrimonio, credencial de elector suya a la defensoría de oficio de los juzgados de su localidad. acompañada de todos y cada uno de los gastos comprobables que usted ha realizado para la mmanuntención de su hija. Espero le haya servido la información



  • Autor
    Respuesta No: 383608

  • Barristerdefende
    ABOGADO CIVIL


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  • Autor
    Respuesta No: 383723

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si aun puede demadar la pension alimenticia la cual consistira en un salario minimo o bien el 15% del salario del sr....pero tambien es cierto q al ud demandar el sr contrademandara la convivencia la cual no puede estar supeditada a q el sr le de o no la pension



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