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INCIDENTE DISMINUCIóN DE PENSIóN

  • Consulta : 125913
  • Autor : fmbm24_NR
  • Publicado : Viernes 23 de Septiembre de 2011 08:23 desde la IP: 192.88.212.32
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • fmbm24_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Hola, les cuento brevemente mi situación.

    Actualmente estoy entablando un juicio de divorcio muy complicado y ventajoso. La mamá de mis hijos me demandó hace un año argumentando que nunca me hacía cargo de mis hijos y que sufrían de muchas necesidades, lo cual es completamente falso y comprobable, ya que presneté todos los comprobantes de pago de escuela, servicios, alimentos, ropa, etc, etc. Lamentablemente el juez ordenó que de manera povisional se me descontara de mi sueldo una alto porcentaje para atender las necesidades de mis hijos. Hasta aquí no habría problema siempre y cuando  la madre de mis hijos utilizara el recurso para lo que es y no para sus gastos personales, que es lo que ha estado pasando desde marzo de este año, y con lo poco que me queda de mi sueldo me sigo haciendo cargo de pagos de colegiaturas y alimentos de los niños. Ya inicié desde hace meses el juicio de disminución de pensión, presentando más pruebas que demuestran que yo soy quien sigue haciendose cargo de esos gastos, pero lamentablemente esto se está alargando y ya comienzo a desesperarme.

    Pues bien, la consulta que les hago es la siguiente... legalmente, ¿existe alguna forma de que en mi trabajo me paguen menos en mi nómina y que de ahi se tome el porcentaje que dictó el juez y que el resto me lo paguen con un bono o de alguna otra forma ?   Nuevamente aclaro, no se trata de 'zafarme' de mi responsabilidad, esa la tengo muy clara, lo que no se vale es el abuso con el que están actuando esta mujer y su abogado

    Gracias de antemano por leer mi consulta y espero que me puedan orientar
     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 239591

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si, se puede, pero es ilegal, mejor dìgale a su abogado que le apure; ademàs, la medida provisional que menciona, debe quedar insubsistente al cierto tiempo, es decir al dictarse los alimentos definitivos.



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