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PAGO DE SEPTIMO EN LAS VACACIONES

  • Consulta : 112601
  • Autor : cgaytanm_NR
  • Publicado : Viernes 13 de Mayo de 2011 15:29 desde la IP: 201.143.113.122
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,480
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  • Autor
    Consulta

  • cgaytanm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

     

    Por un apuro económico, un trabajador solicito el pago de sus vacaciones sin disfrutarlas. La gerencia se lo autorizo y se le hizo el pago de los días que marca la ley mas la prima. Pero el trabajador argumenta que se le deben pagar también los séptimos días. Yo le he explicado que la empresa esta obligada a pagarle los días hábiles que marca la ley, pero que si no hay disfrute no hay séptimos que se crucen. Es lo mismo que con los finiquitos: se pagan los días indicados por ley, pero no se pueden pagar descansos porque no los hay. ¿estamos en lo cierto?

     

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