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ACCIóN PAULIANA

  • Consulta : 154841
  • Autor : nievesvirgen_NR
  • Publicado : Jueves 07 de Junio de 2012 22:35 desde la IP: 189.177.178.225
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  • Autor
    Consulta

  • nievesvirgen_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    HOLA, mi pregunta es en relación a la acción pauliana. Un acreedor embarga en el año de 1994 e inscribe en el año de 1999. El deudor no contesta la demnda y va  con el abogado a quien le va pagando directamente. En el año 2005 un tercero cancela los embargos. En ese año 2005  el deudor hace una donación gratuita del inmueble, pues los embargos no estaban reinscritos. En el año 2008 la acreedora viene a reinscribir, 9 años después.  La pregunta es: ¿ procede la acción pauliana aún cuando la acreedora estaba garantizada con el embargo, que no se ocupó de reinscribir en 9 años ?. La donataria promovió un amparo tercerista que se le concedió, y que se confirmó por el Tribunal Colegiado quien dijo que era responsabilidad de la acreedora haber estado al pendiente de reinscribir en tiempo sus embargos para que los futuros adquirentes supieran  de su crédito. Desde el año de1998 ya había sentencias de remate sin que procediera a ejecutar, solo se ocupó la acreedora de estar presentando planillas en éstos 17 años. El juez natural resolvió procedente la nulidad de la escritura de donación porque dice hubo mala fe entre los donantes. Y el Tribunal Colegiado dice que no importa la mala fe para que la donación a título gratuito se anule. Que se debe preferenciar el derecho de la acreedora contra el adquirente de buena fe. Por favor, me gustaría saber su opinión respecto a éste asunto. Muchas gracias. Atentamente Virginia Nieves Reséndiz

     

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