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UNA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA PUEDE SER DEMANDADO POR UN INTENDENTE QUE RENUNCIO
- Consulta : 180439
- Autor : adaf_NR
- Publicado : Viernes 14 de Diciembre de 2012 22:24 desde la IP: 189.148.147.191
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,494
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 14 de Diciembre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
En la esc primaria donde acude mi hija , que por supuesto es pública, los padres aportamos voluntariamente una cantidad mensual ( no todos estan al corriente ) para apoyar en sus gastos a la persona que nos apoya con la limpieza, esta persona decidio ya no seguir apoyandonos y demando a la asociacion de padres y director una indemnizacion, no hay dinero los padres no desean cooperar argumentando la mala situacion economica, la señora exige la cantidad de 20000 pesos que muy dificilmente se reunira.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 295827
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Diciembre de 2012 22:54 2012-12-14 22:54 desde IP: 187.143.18.68
EN PRIMER LUGAR COMO HUBO UNA DEMANDA? LA SRA. TENIA UN CONTRATO? QUIEN LO CONTRATO? AHORA LA SRA POR LO QUE CUENTAS RENUNCIO VOLUNTARIAMENTE SI HUBIERA UN CONTRATO NO LE TOCA NADA, Y NO SE DEJEN LA SRA ES UNA EXTORCIONADORA NO LE PAGUEN NADA, DE SEGURO LO HACE SEGUIDO AVERIGUA COMO INTERPUSO LA DEMANDA QUIEN LA AYUDO? Y LEVANTA UNA QUEJA ANTE LA SEP, POR QUE ES SU OBLIGACION DE LA SEP NO DE LOS PADRES DE FAMILIA Y POR FAVOR NO LE PAGUEN NADA A ESTA PERSONA, SI LO HACEN ESTA PERSONA VA A SEGUIR TOMANDOLES EL PELO. SALUDOS.
PD. POR FAVOR PADRES DE FAMILIA, SE LOS SUPLICO NO LE PAGUEN NADA TODO ESO ES OBLIGACION DE LA SEP Y ECHENLE LA CULPA A LA DIRECTORA DE SEGURO SON COMPLICES,
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AutorRespuesta No: 295848
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Diciembre de 2012 01:00 2012-12-15 01:00 desde IP: 201.141.30.96
Es verdad que en este foro cualquiera puede venir a decir cuanta tontería quiera, pero por favor ignore cualquier "recomendación" de quien no acredite la calidad de Licenciado en Derecho y lo demuestre con cédula profesional, ya que de lo contrario le puede salir muy caro creer cualquier cosa.
En materia laborar las cargas procesales son del patrón, es decir que cualquier cosa que diga el trabajador en su demanda se presume como cierta y es el demandado el que debe demostrar lo contrario y por supuesto que no hay extorsión alguna. Si ya les notificó la Junta la demanda, necesitan forzosamente los servicios de abogado titulado especialista en la materia para que la conteste y se presente en la audiencia trifásica acreditando la personalidad de todos los demandados con carta poder. cuídese de los coyotes y mucho ojo que supatrimonio está en un verdadero riesgo.
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