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CONTINGENCIA SANITARIA
- Consulta : 286679
- Autor : sairaguilar_NR
- Publicado :
Martes 17 de Marzo de 2020 13:55
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,484
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 17 de Marzo de 2020
Estado de Referencia: Chiapas
¿Cuando se puede considerar declarada una contingencia sanitaria? ¿En que momento se empezaría aplicar lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo art. 42 bis y 429 fracc. IV, en los que se establece que el patrón estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes? En el caso de las escuelas como medida para prevenir el contagio del Coronavirus se ha establecido la suspensión de clases (hasta el momento no se ha manejando como suspensión de labores) podría iniciar a aplicarse lo dispuesto en los artículos mencionados? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 400434
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Abril de 2020 19:29 2020-04-12 19:29 desde IP: 189.180.221.207
no... porque se rigen por contrato y tienen reglamentación especial...
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