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REGISTRE A MI HIJA CON LOS APELLIDOS DE MI EX ESPOSO, PORQUE EL PADRE BIOLOGICO NO SE QUIZO HACER CARGO

  • Consulta : 175829
  • Autor : trenxuda_NR
  • Publicado : Miércoles 07 de Noviembre de 2012 09:27 desde la IP: 189.203.203.229
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,487
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  • Autor
    Consulta

  • trenxuda_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenos días, requiero de una ayuda, hace 17 años tuve una hija con un extranjero, él no quizo hacerse cargo de ella desde su nacimiento, inclusive me dijo que si llevaba los apellidos de mi ex esposo, ya que estuve casada anteriormente de vivir con el extranjero, no importaba, como me llevo bien con mi ex, sin que yo lo pidiera él me lo ofreció, así pasó el tiempo, deje de ver a mi ex, deje de ver al extranjero y cuando mi niña tenia 6 años, el extranjero pide verla, yo ya había contado todo a mi hija y porque llevaba otro apellido, lo vimos, mi hija dijo que no queria volver a verlo, a pesar de que él me buscaba y decía perdoname, quiero reconocerla, yo me negaba. así pasaron estos años, hace poco volvimos a establecer contacto. El quiere de nuevo reconocerla, pero mi hija sigue llevando los apellidos de su padre legal, mi ex marido, sus papeles oficiales desde kinder, primaria, secundaria y ahora que está en preparatoria, sé que los debo cambiar. No sé qué hacer, ni cómo proceder, no requiero que me de el extranjero ni pensión ni nada, pero a mi hija si le gustaría llevar sus apellidos. Por favor diganme qué hago, a donde voy, quien me orienta o si es preciso es perar a que ella cumpla mayoría de edad. gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 291160

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mire es facil... hay 2 formas... la mediata y la inmediata...

    La INMEDIATA .. el padre biologico que es el extranjero realiza una demanda denominada CONTROVERCIA DE PATERNIDAD ... que no demanda de paternidad como algunos sugeririan porque esta ultima se da cuando la menor solo es registrada por la madre y esta se niega a registrarla con los apellidos de él.... en el particular que nos ocupa YA FIGURA legalmente un padre por lo que la unica forma será a traves de esa demanda de controvrecia.

    Como usted cometió el delito de DELITOS CONTRA LA FILIACION .... por imponer al menor una filiacion que no le corresponde, para evitar ser sujeta a un proceso penal, cuando usted conteste la demanda dirá que usted se acostaba con ambos mas o menos en las mismas fechas por lo que no puede precisar quien es el padre a ciencia cierta pero que segun sus calculos el padre es quien registro a la menor. De esta manera usted elimina el presunto dolo existente y el delito no se configura.  El padre biologico ofrecerá prueba de ADN y una vez acreditado en juicio que él es el padre ordenará el Juez se elimine el nombre y los apellidos del que actualmente figura y se pongan los del padre biologico.

    Por cuanto hace a las documentales escolares... no se preocupe... no necesita hacer ningun cambio toda vez que en el acta de nacimiento dela menor figurará una anotacion marginal en la que se señale que por orden judicial se cambia el nombre del padre y sus correspondientes apellidos dejando de ser Juanita Perez Lopez pera ahora ser Juanita Mchagen Lopez por ejemplo.  Y asi ella podrá acreditar el porque su documentacion escolar anterior figura un nombre y porque en la subsecuente lleva otro.

    Saludos

    Lic. Omar Ulloa



  • Autor
    Respuesta No: 291259

  • Lic.GJimenez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenas Noches en este caso el papá biologico tendria que iniciar en su contra y del papá que registro a la hija un juicio de impugnación de paternidad y como medio de prueba se practicaria una pericial en ADN, lo que corroboraria la paternidad del extranjero. Otra opción es que su exesposo haga esta impugnación, tambien se tiene que practiar la prueba de ADN y concluido este juicio el papa extranjero estaría en posibilidades de reconocer a su hija. Que no la espante el hecho de los delitos de la filiaciónque atinadamente comenta el forista anterior, ya que para que este delito se siga tiene que denunciarla ya sea su ex-esposo o el extranjero y no creo que sea el caso. Si necesita ser asesorada en este tema no dude en comunicarse, soy la lic. jimenes y mi celular es 55-1322-1478. saludos



  • Autor
    Respuesta No: 291289

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Jimenez.... No olvide usted que tambien nosotros.,.. los registros civiles... podemos en cuanto nos percatemos del hecho dar vista al Ministerio Publico... asi que los delitos contra la filiacion que usted le sugiere a la se;ora no se espante porque solo ellos dos pueden.. NO ES ASI.... tambien podemos nosotros y si le toca un Juez u oficial del Registro civil con la camiseta bien puesta de la legalidad puede la se;ora estar 100% segura que se daria vista al MP. Afortunadamente para ella, los compañero oficiales en un 90% no lo hacen pero no debe descartar el hecho.

    A manera de robustecer lo dicho por la colega y que no señala es ... Como ya lo habia señalado yo.... cuando el extranjero presenta la demanda se llama Controvercia de paternidad.... y como acertadamente esta misma colega indica... solo que no lo llama por su nombre... cuando el actual padre que figura en el acta denuncia se llama DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD.

     



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