Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DIVORCIO

  • Consulta : 280533
  • Autor : isaias2016
  • Publicado : Martes 26 de Julio de 2016 12:03 desde la IP: 187.185.144.71
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • isaias2016
    ESTUDIANTE

    MUY BUENOS DÍAS SOLICITO SU APOYO PARA RESOLVER UNA SITUACIÓN DE UN FAMILIAR EL CUAL YA TIENE UNA SENTENCIA DE DIVORCIO SOLO QUE CUANDO LE DIERON EL EXPEDIENTE PARA REGISTRARLO EN EL REGISTRO CIVIL DONDE SE CASO NO LO HIZO EN TIEMPO Y FORMA, HAY ALGÚN LIMITE DE TIEMPO PARA ENTREGAR LOS DOCUMENTOS O QUE ES LO QUE NECESITO HACER PARA QUE SE REGISTRE Y LE DEN SU ACTA DE DIVORCIO. LA SENTENCIA SE LA DIERON EN EL 2013. GRACIAS POR SU APOYO.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 390084

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    No es clara tu consulta… A ninguna de las partes le pueden dar su expediente para llevarlo al Registro Civil.

    Debes especificar donde se tramitó el divorcio y dónde se casaron tus familiares.

    Lo anterior es importante, porque si se casaron en la misma Entidad Federativa el Juez debe GIRAR oficio al Registro Civil para que se realice la anotación de divorcio y previo pago de derechos se haga la anotación o se emita el acta de divorcio. En este caso, el oficio lo puedes presentar casi en cualquier momento al oficial del Registro Civil o en su caso lo devuelves al Juzgado para que te den uno reciente, pero es un trámite sencillo porque es local.

    Si se divorciaron y casaron en diversa Entidad Federativa, el Juez a través de un exhorto que debes presentar en el otro estado, le pide al otro Juez que elabore el oficio para el Registro Civil… El problema del exhorto es que tienes un plazo para diligenciarlo, sino tramitas en ese tiempo el oficio para el Registro Civil, devuelven el exhorto al Juez de origen y debes volver a solicitar el exhorto y llevar otra vez la diligencia.

    Este tipo de tramite puede variar de acuerdo a la Entidad Federativa donde escribas, pero en sí al dictarse sentencia no existe un limite legal para que inscribas la sentencia en el Registro Civil, sólo que el trámite puede varias en su duración según lo explicado.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 390092

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el Juez que conocio de tu asunto y dicto la sentencia de divorcio... debe GIRAR un oficio y una copia de la sentencia que decreto el divorcio...dirigido al Director del Registro Civil para que este... por orde de ese juez... realice la anotación de divorcio en el acta de matrimonio... todo... previo pago de derechos.... para que se haga la anotación en el acta de matrimonio o se emita el acta de divorcio... En todos los casos... ya sea que el juicio de divorcio se haya llevado en el mismo estado de la federación en la que se casaron o en el ultimo domicilio en el que vivieron juntos...entonces... en via de exhorto... se haran los actos necesarios... el oficio al registrador... por medio del juzgado... se puede presentar en cualquier momento al Oficial o Director del Registro Civil...dentro de un término no mayor de 10 años... contados de la fecha en que sse haya recibido el oficio y la copia ejecutoriadada de sentencia ... no existe un tramite sencillo... no existe un tramite dificil... es solo un tramite... y para que surta efectos legales... debe hacerse... ya que mientras el registrador... no haga los asientos respectivos... estan y seguiran casados... para todos los efectos legales...







Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión