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PENSIóN ALIMENTICIA

  • Consulta : 170196
  • Autor : cassandra_marquez_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Septiembre de 2012 20:19 desde la IP: 187.241.240.87
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,462
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  • Autor
    Consulta

  • cassandra_marquez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    HOLA, BUENAS NOCHES....QUISIERA QUE ME AYUDARAN DE FAVOR A SACARME DE UNA DUDA, EN EL EDO. DE GUANAJUATO EL HOMBRE PUEDE PEDIR PENSIÓN ALIMENTICIA A LA MUJER  EN CASO DE QUE ÉL TENGA LA CUSTODIA DE LOS NIÑOS??? Y EN DONDE SE ENCUENTRA LEGISLADO?

     

    GRACIASSS BUENAS NOCHES.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 285652

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si la madre trabaja, y no está en el núcleo familiar del padre que tiene la custodia de los menores hijos,  SÍ PUEDE.

    Por supuesto, pues la obligación de mantener a los hijos, de alimentarlos, es de ambos progenitores.

    Está legislado en el Código Civil de su estado, o código familiar, o Ley para la Familia,  no se en Guanajuato qué sea...

    Pero eso es lo de menos,  este tipo de asuntos los debe de llevar un licenciado en Derecho con cédula profesional.  Si usted no cuenta con esos conocimientos, no podrá.

    Si no tiene dinero para contratar a un particular, tendrá que ser mediante el defensor de oficio adscrito al juzgado competente.

    Suerte. 



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