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PRESCRIPCION DE LA REPACION DEL DAñO
- Consulta : 158420
- Autor : olverapt_NR
- Publicado : Lunes 02 de Julio de 2012 20:03 desde la IP: 189.230.202.179
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,463
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
a una persona sentenciada que ya pago 8 años de pena, se le puede aplicar la prescripcion de la reparacion del daño, ya que es muy alta y no tiene posibilidades de cubrirla, la parte ofendida no la ha reclamado y no le pueden otorgra beneficios por no haberla cubierto,
la ultima instancia que ratifico sentencia fue hecha en este año, apelacion a la sentencia de amparo directo, el delito robo agravado
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 273048
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Julio de 2012 20:15 2012-07-02 20:15 desde IP: 187.159.136.125
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Autor
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