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PENSION ALIMENTICIO A RECIéN NACIDO

  • Consulta : 112595
  • Autor : anasusdico
  • Publicado : Viernes 13 de Mayo de 2011 15:15 desde la IP: 201.161.58.133
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,488
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  • Autor
    Consulta

  • anasusdico
    USUARIO REGISTRADO

    hola que tal buena tarde...

    tengo una bebita de 2 meses de edad, viví con su padre menos de un año en unión libre....me salí de la casa pues él tomaba mucho y la situación ahí era difícil, así que decidí alejarme de él....pasé la mitad de mi embarazo en casa de mis padres, periodo en el que él se hacia cargo de los gastos médicos, y hoy compra los pañales y dá para las consultas del pediatra

    mis preguntas son...¿él tendría que haberse hecho cargo de mi alimentación durante el embarazo y hoy  otorgar una ayuda para mi alimentación, pues estoy amamantando, y tendría que hacerse cargo de comprar el  complemento alimenticio que me recetaron?, y por otro lado, a partir de qué edad él puede quedarse a la bebé, ( pues como lo dije anteriormente, ella toma pecho) que por lo regular son los fines de semana según sé.

    ahh por cierto, yo no trabajo actualmente, soy apenas agresada de la licenciatura y ando en trámites de la escuela, para poder empezar a buscar trabajo..

     

    agradecería infinitamente sus respuestas....gracias por la atención ben día.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 223173

  • futuroabogado
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas tardes.

    Los hijos tienen derecho a los alimentos desde el momento en que nacen,

    con las parejas son diversos aspectos los que hay que considerar para el pago de una pensión, en tu  caso, no creaste los derechos de concubina, aunque los tuvieras él te debe dar pensión por el mismo tiempo que vivieron juntos, así que solo le corresponde pensión a la menor.

    el tiene derecho a convivir con su hija desde el mismo nacimiento pero a quedarsela no, por la misma razón que tu dices, la niña es de pecho, así que para convivir todo un fin de semana con ella sería hasta después cuando ya sea un poco más grande.

     

    Espero que mi comentario te ayude un poco a aclarar tus dudas.



  • Autor
    Respuesta No: 223220

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    .....soy apenas agresada de la licenciatura y ando en trámites de la escuela, para poder empezar a buscar trabajo..."

     

    si te hace falta estudiar...

    no te toca nada... ya que puedes trabajar y tienes estudios de licenciatura...

    a tu hijo... y solo que haya sido reconocido ante el registro civil... le corresponde pensión... 



  • Autor
    Respuesta No: 223237

  • AMADO MENESES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas noches, sobre el caso q planteas tienes que hacer lo siguiente: 1) Habla con el papa de tu bebe para que lo registres con sus apellidos y una vez registrado puedes demandar al papa de tu bebe para que te pase una pension para tu hijo. 2) En caso que el papa de tu bebe se niego a registrarlo tienes que iniciar un juicio de reconomiento de tu hijo, y mediante sentencia el juez ordenara al registro civil que levante acta de nacimiento con los apellidos correpidientes y asi despues puedas demandar la pension alimenticia.



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