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IRRESPONSABLE DE PENSIóN ALIMENTICIA

  • Consulta : 137493
  • Autor : clobutterfly
  • Publicado : Jueves 02 de Febrero de 2012 14:32 desde la IP: 38.117.101.156
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  • Visitas : 3,490
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  • Autor
    Consulta

  • clobutterfly
    USUARIO REGISTRADO

    Hace 9 años me divorcié del padre de mis hijos por adulterio de su parte y cuando firmamos la demanda de divorcio voluntario se estipuló que yo me quedaría con la custodia de los niños y que él iba a poner 1,400 semanales en una cuenta de banco para el cumplimiento de pensión alimenticia de sus hijos.

    El señor no cumplió con lo acordado y por un año estuvo depositando lo que fuese su voluntad. Después de ese año, desapareció del mapa y sus padres lo han ocultado desde entonces. El abuelo paterno de mis hijos no ha querido que su hijo se haga responsable y para protegerlo les estuvo dando por 3 años a mis menores 500 pesos semanales que están avalados con recibos a nombre de mi ex y firmados por mí. Cabe aclarar que si yo hubiese tenido mejores condiciones financieras, no habría recurrido a los "abonitos" de mi ex-suegro y hubiese procedido con todo para el entero cumplimiento de lo acordado y avalado por el juez.

    Intenté interponer una demanda al DIF, puesto que no contaba con el capital para ejercerlo de manera privada y resultó que el abogado de la institución se vendió con mi ex-suegro y consiguió que mi demanda no procesara.

    En el 2007, decidí salir del país para poder darles mejor calidad de vida a mis hijos y para poder empezar una nueva vida y la cosa se puso todavía peor porque no pude sacar los pasaportes de mis hijos sin la firma del desaparecido así que mis ex-suegros me pidieron que me adelantara y que en cuanto tuviera un techo para mis hijos, me juraron por Dios que ellos mismos me los traerían al nuevo país. Cosa que no sucedió.

    Tuve que esperar dos larguísimos años para que al fin, el desaparecido firmara los pasaportes de mis hijos y por fin les diera su libertad y el derecho de estar conmigo. Para conseguirlo, tuve que mandarle dinero al fulano a través de su hermana y firmar un documento notariado donde lo deslindara de cualquier obligación financiera y moral mientras sus hijos estuvieran fuera del país.

    Es importante señalar que durante esos dos terribles años, yo les estuve mandado su pensión a mis hijos pero tuve que enviárselos dirigidos a una de mis ex-cuñadas porque según mis ex-suegros no podían cobrarlos.

    Ya estamos en el 2012 y no necesitamos de él, pero mis hijos me preguntan si algún día podrán exigir sus derechos de pensión a su padre. He consultado el mismo tema en varias fuentes y todo se resume en que para reclamar la pensión alimenticia debo de contar con mucho capital porque si no no procede. Mi pregunta es: ¿para qué sirven las leyes entonces? ¿Es acaso que la ley sólo sirve para los adinerados?

    ¿Qué tengo que hacer para ser una buena abogada de mis menores hijos y conseguirles lo que por derecho les corresponde?

    Ojalá que pudiera recibir una gotita de esperanza y compasión. Gracias por su atención.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 253317

  • 098nairda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DÍA.

    Es lamentable lo que le han comentado.

    Existen abogados de oficio en los tribunales a los cuales puede usted consultar y le pueden llevar su caso sin costo.

    Usted tiene la opción, también de iniciar una querella ante el Agente del Ministerio Público a fin de que su ex conyuge page la pensión que le corresponde, conforme al convenio, y las pesniones que no le dio, las debidas.

    Las pensión alimenticia no solo es una obligación de los padres es un derecho de los menores y no es renunciable.

    Busque la asesoria y representación de los abogados de oficio en los tribunales de su estado.

    ESPERO LE SIRVA MI COMENTARIO.

    ATENTAMENTE

    LIC. ISRAEL JUAREZ.

    E-MAIL: asesoria-juridico-legal ARROBA  h o t m a i l . c o m    o      israel-abogado ARROBA  h o t m a i l . c o m

    CEL: 044 55 28 62 68 46.



  • Autor
    Respuesta No: 253377

  • clobutterfly
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Lic. Israel Juárez:

    Le agradezco infinitamente su respuesta pronta y positiva.

    Me gustaría saber si para iniciar una querella ante el Agente del Ministerio Público ¿debo "obligatoriamente" presentarme en persona o lo puedo hacer a través de una carta poder notariada otorgada a la abuela materna para representarme?

    ¿Tiene validez oficial en el juzgado donde se presentó la demanda y sentencia de divorcio el documento notariado que firmé donde deslindo al padre de responsabilidad económica mientras los niños están fuera del país o es nulo?

    Otro detalle, si no conozco el paradero del fulano y no trabaja utilizando su número de seguro social porque su papá lo esconde y lo mantiene, ¿cómo se le puede exigir el importe de pensión? Cabe mencionar que  mis ex-suegros cuentan con un nivel económico bastante bueno y alguna vez escuche que a falta del padre se puede recurrir al apoyo de los abuelos, sobre todo si ellos mismos han estado poniendo trabas para que uno pueda localizar al irresponsable.

    Una última pregunta: ¿cómo puedo localizar a un abogado en Coatzacoalcos, Veracruz que cumpla con los requisitos que usted mencionó anteriormente?

    El tiempo que se ha tomado en contestar mi primera consulta es muy valorado y estoy segura de que las acciones pro-positivas de parte de usted hacia otros tendrán enormes beneficios y bendiciones, tarde que temprano.

    Le envío un cordial saludo y quedo a sus órdenes.



  • Autor
    Respuesta No: 253601

  • clobutterfly
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    A todos los abogados de este foro:

    Les pido humildemente me orienten en este caso, si así lo desean, porque considero que si voy a proceder a la realizar movimientos legales no debo pasar por alto ningún detalle para que de una vez por todas se les haga justicia a mis menores hijos.

    De antemano, se los agradezco infinitamente.





  • Autor
    Respuesta No: 254212

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     clobutterfly, reciba saludos afectuosos de mi parte.

    SALVO LA MEJOR OPINIÓN DE LOS ESPECIALISTAS EN LA MATERIA FAMILIAR Y PENAL, voy a tratar de coadyuvar  con mi opinión sobre su consulta, que me parece muy compleja, tanto por los hechos mismos, como por la razón de que usted se encuentra fuera del país.

    En su consulta no señala la causa de que la demanda que pretendió interponer con “Apoyo” del DIF, no prosperara, y considero que es importante saber porque no prosperó, dado que el incumplimiento en el pago de pensiones, en la forma y monto en que se acordó, en el convenio de divorcio ratificado y sentenciado por el juez, da lugar a que se le demande a su exmarido, por el pago retroactivo del total de lo adeudado (Hasta por 10 años), el cumplimiento parcial del pago, no lo exime de pagar la proporción omitida, incluso se le puede demandar por el total de las pensiones, desde el momento en que se sentenció el divorcio y el deberá comprobar el pago parcial o total de la pensión, al exponer sus excepciones y defensas en la contestación de la demanda.

    La desaparición del padre, con el fin de evadir sus obligaciones como deudor alimentario, es causal de denuncia ante el ministerio público, por el delito de abandono de las obligaciones alimentarias o el análogo establecido en el Código Penal de su localidad (Habría que verificar si ya prescribió la acción). Aunque el pago parcial realizado probablemente lo podría eximir o atenuar. No menciona a cargo de quién quedaron sus hijos, al dejar usted del país, pero deduzco que a cargo de sus suegros, lo que complica el escenario jurídico, pues al quedar asimilados a su hogar, eso equivale al cumplimiento de la pensión alimenticia por parte de la rama familiar paterna, Y si usted no mandó dinero para sus alimentos o mandándolo no puede comprobar el concepto del envió fehacientemente, pues allí se la pueden revirar, también por el delito de abandono de las obligaciones alimentarias, pues la obligación alimentaria es de ambos padres, cuando ambos reciben ingresos monetarios, deben contribuir en la medida de sus posibilidades y de las necesidades de sus hijos.

    El que su marido, en complicidad con su hermana, le haya exigido dinero a cambio de la autorización para que sus hijos abandonen el país, es una conducta tipificada como delito de extorsión. Pero habría que probarlo en juicio. El convenio notarial puede ser objetado de invalidez dado que se encuentra viciado de origen, ya que su consentimiento, fue arrancado bajo coerción moral, Además los derechos alimentarios son irrenunciables e   i m p r e s c r p t i b l e s, por lo que dicha estipulación pienso que debe ser tomada como no puesta, dado que contraviene los preceptos legales.

    Como veo su problema, no se basa solo en la falta de capital, pues el estado garantiza el acceso a la justicia a todos los ciudadanos, por medio de la defensoría de oficio o social (Gratuita), aunque habrá que reconocer que la calidad, atención ágil e interés en los asuntos, no suelen ser los más idóneos. Por otra parte también existen diversas instancias (1/a, 2/a y 3/a) de impartición de justicia, para asegurar que las resoluciones judiciales, sean correctamente motivadas y fundamentadas legalmente, y que una sentencia tenga pleno sustento jurídico, pudiéndose ahora incluso recurrir a una “Cuarta instancia” por así llamarla, ante los tribunales internacionales cuando existe violación de los derechos humanos.

    Dado la complejidad de su asunto, el principal problema es que usted se encuentre fuera del país, y eso si le obligaría a recurrir a abogados particulares. Que en entrevista personal, se impongan de todos los hechos y de los medios probatorios que pudiera usted tener, para estudiar a fondo su caso y plantear la estrategia legal para su solución. Y eso si representaría tener que contar con recursos económicos para ello. Usted no menciona en que país se encuentra, pero en Estados Unidos de América y probablemente en otros países, existen asociaciones de inmigrantes, que cuentan con asesores jurídicos para auxiliar a los connacionales y aunque generalmente se enfocan a asuntos en el lugar de residencia, tal vez le puedan orientar a donde recurrir para que le asesoren jurídicamente, otra posibilidad puede ser preguntar donde se la pueden proporcionar, en la embajada o el consulado de México.



  • Autor
    Respuesta No: 254270

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo que el juez denotara... es que la cosnultante... es muy irresponsable y con falta total de compromiso... pero eso no exime al dedudi¡or del pago...

    es muy imporatante saber... en corto y sin tanta telenovela y payasada... porque el dif... no logro nada... ya que para cobvrar... se pintan solos....

    y no des consultas ... das lastima y pena ajena...



  • Autor
    Respuesta No: 254295

  • clobutterfly
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Sergio A:

    Primero que todo, deseo expresarle mi gratitud por dedicar parte de su valioso tiempo a mi inquietud.

    El país en el que nos encontramos es Canadá y la calidad de vida, como pudiera suponer, es radicalmente mejor; razón de sobra para analizar si valdría la pena regresar a México o no, sobre todo con la situación caótica que lamentablemente están sufriendo. ¿Usted que opina? Es por eso que antes de tomar cualquier decisión estoy, por decirlo así, indagando sobre los pros y los contras respecto a mi caso.

    Para responder a sus cuestionamientos le comparto que el licenciado del DIF que redactó mi demanda no me entregó ningún documento donde hubiese obtenido alguna respuesta de parte del juez, sino que sólo me hizo saber que no había procesado debido a que el demandado tenía todas las "pruebas" que se requerían para anularla. Como pruebas se entiende: factura con monto alto por zapatos que mis hijos nunca calzaron, recibo de útiles escolares que jamás vieron, etc.

    Acabo de revisar las copias certificadas del expediente de manera minuciosa y me topé con un depósito de banco que mi ex-esposo aportó como prueba de cumplimiento, sin embargo, esta ficha de depósito tenía el nombre de un individuo que no conozco y la persona encargada de archivarlo en el juzgado ni cuenta se dio. Además noté, que el documento que había realizado el licenciado del DIF no figuraba en el expediente. Lo que me hace suponer que el juez ni se enteró de mi inconformidad con las cantidades ofrecidas a mis menores.

    Otro detalle, cuando usted menciona enfáticamente que el derecho a alimentos es irrenunciable e impreible, yo interpreto que el documento notariado, donde deslindo al señor de su responsabilidad mientras estoy fuera del país, es NULO.

    Deseo agregar que, efectivamente, antes de dejar a mis menores bajo la protección de sus abuelos paternos, mi ex-suegra y yo acudimos una vez más al DIF para redactar un documento donde se especificaba claramente que mis menores se quedaban bajo su cuidado DEBIDO A QUE EL SUSODICHO NO CUMPLIA CON SUS OBLIGACIONES y que por eso tenía yo que salir a buscar el alimento para ellos. La señora entre caras fruncidas firmó el documento.

    Los envíos que por dos años realicé a nombre de mi ex-cuñada para el sustento de mis menores no están avalados con la firma de recepción de mi ex-suegra. No obstante, aún cuento con emails donde mi ex-cuñada me informa que efectivamente el susodicho recibió el dinero y todavía argumenta que no fue suficiente.

    Le hago de su conocimiento y del de los lectores, que intenté en tres ocasiones más demandar al irresponsable y los abogados me contestaron que requerían 15,000 pesos por adelantado nada más para investigar el paradero del desaparecido y posteriormente se requería más dinero para realizar la demanda. Además mencionaron que si éste no contaba con seguro social, ni bienes, no tenía caso demandar. Si uno no conoce la ley que nos rige es obvio que vas a tomar el consejo de los que supuestamente SÍ lo hacen.

    En la forma que usted redacta su respuesta con modales, ética, coherencia, sintaxis y excelente ortografía, se nota la calidad de abogado que es usted y con todo eso comprueba que no acudió a la universidad nada más a sentarse y pasar materias, sino que por el contrario, aprovechó esa enseñanza para brindar un excelente servicio al público y por todo lo anterior le ofrezco mis más sinceras felicitaciones.

    Muchas gracias por todo su apoyo. Le envío un cordial saludo.

    Kim Pak

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 254403

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no... ese documento por el que  eximes de responsabilidad mientras estas fuerr del pais... ese es el que vale  y el que impide que nada se le haga a tu expareja....por ese solo hecho....los alimentos no son preibles... no son cosa juzgada... pero con ese escrito... es mas qu suficiente para no inculpar a nadie por  delito alguno en materia de alimentos...



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