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EXPORTACIóN DE SERVICIOS. REFACTURADOS.

  • Consulta : 254418
  • Autor : sseleneromero_NR
  • Publicado : Martes 27 de Enero de 2015 16:29 desde la IP: 148.244.126.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,479
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  • Autor
    Consulta

  • sseleneromero_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes,

    De acuerdo a la Ley del IVA la Publicidad se considera Exportación cuando el Aprovechamiento  del Servicio es en el extranjero por servicios prestados por residentes en el pais.

    Mi Cliente solicita el servicio de una producción de TV que será explotada en el Extranjero. Nosotros facturaríamos a CLiente con IVA 0%. Pero esa producción de TV nosotros la solicitamos a su vez a una Casa Productora. Casa Productora Mexicana. La pregunta es: La Casa Productora debe facturar a nosotros con IVA Cero ya que el Servicio final será Aprovechado en el Extranjero,  o esto ya se considera una operación nacional por ser dos entes con establecimiento permanente en México.

     

     

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