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EL ALBACEA NO ME QUIERE DAR MI HERENCIA TENGO 69 AñOS
- Consulta : 258513
- Autor : BetyTello
- Publicado : Jueves 05 de Marzo de 2015 13:19 desde la IP: 207.249.174.245
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,499
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Marzo de 2015
buenas tardes les escribo porque un vecino de la tercera edad tienen el siguiente problema:
la madre de el; fallecio hace 6 años, y a mi vecino le dejo 8 departamentos a otra hija otros 8 deptos de un edificio tipo vecindad que consta de 16 deptos. y bueno es la fecha que el albaceo que es el tercer hijo o sea el hijo menor no ha hecho nada, no ha recibido ni las rentas del depto ni nada que puede hacer gracias.
cabe aclarar que el hermano (albacea) le dijo que la mayoria de los inquilinos no paga desde hace años, como se puede hacer para desalojar a los vecinos que no pagan en dado caso que mi vecino recupere su herencia gracias por todo
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375631
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Marzo de 2015 13:26 2015-03-05 13:26 desde IP: 201.141.110.27
Debe asistirse de abogado de su confiaza para promover la remoción del crago de albacea y de netre los herderos nombrar un nuevo albacea quien asistido de abogado ejercerala accione slegales pertinenetes ya sea para desalojar a los inquilinos o regularizar la cuestión del pago de las rentas. Cuidese de quienes se anuncian en este foro de asesoría gratuita y corra lo más lejos que pueda de su teclado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 375636
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Marzo de 2015 14:13 2015-03-05 14:13 desde IP: 189.155.210.189
Desde luego, hacerse asistir por un abogado, o si ya tiene alguien que los hubiera apoyado en eso, buscar que se vea..-
1.- informe por parte del albacea de la rendición de cuentas
2.- informe de administración de los bienes
En caso de que no suceda nada de lo anterior solicitar al juez,
1.- se nombre nuevo albacea en base a las omisiones del albacea original,
2.- una vez nombrado este nuevo albacea, exigir las rentas de los inquilinos, por medio del albacea.
Nota.- ¿porque por medio del albacea? En mi opinión, lo que es importante, más que recuperar la propiedad de la vecindad, es hacerse del usufructo, es decir de las rentas, quien está facultado para demandar estas rentas es el propietario, ahora difunto, por ello se nombra al albacea, para que ejercite acciones tendientes a salvaguardar los bienes parte del caudal hereditario, y en consecuencia, será el quien podrá demandar ya sea, el pago de rentas, y en su caso la entrega de los departamentos
a mi punto de vista, resulta importante acudir con algún abogado de su confianza, en este caso en particular, además de "recuperar" sus bienes, resulta más importante ponerlos a producir, y que dicho producto se vea a la brevedad, seguramente habrá algún esquema para que un buen abogado, honesto, le preste sus servicios a resultas
espero le sea de utilidad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 375853
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Marzo de 2015 17:26 2015-03-10 17:26 desde IP: 207.249.174.245
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