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COMPETENCIA DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION

  • Consulta : 125391
  • Autor : fiscal.29_NR
  • Publicado : Miércoles 14 de Septiembre de 2011 14:02 desde la IP: 187.143.101.206
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,481
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  • Autor
    Consulta

  • fiscal.29_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas

    Un trabajador de mi empresa de transporte de pasaje tubo un altercado con un empleado de otra empresa de del mismo ramo en el cual mi empleado lesiono al otro rompiendole un brazo (el problema del asunto es de faldas), entonces esta persona interpuso su denuncia a la Junta Local de Conciliacion. yo se que el delito es por lesiones y su demanda seria ante el Ministerio Publico; el organo antes mencionado conoce de relaciones laborales unicamente.

     

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