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CASA INTESTADA
- Consulta : 96463
- Autor : carlangas_2425_NR
- Publicado : Lunes 03 de Enero de 2011 17:19 desde la IP: 200.38.105.9
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,500
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 03 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Que tal , mi madre falleció hace 8 años , no dejo testamento , mi padre tiene de fallecido 15 , tengo 5 hermanos todos mayores
de edad, de los cuales solo 2 vivimos en la casa intestada , yo solo manejo los gastos de la casa , predio , agua , luz , gas , telefóno , etc.
en la casa , tenemos un local comercial en renta , ahora quiero regularizar todos los papeles , que puedo hacer , existe una manera
de que como yo tengo los documentos de predio, agua, escrituras y yo lo he estado pagando pueda de alguna manera reclamar para mi esta propiedad ??
Carlos/ Saludos
Ya estoy cansado
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 202781
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 19:29 2011-01-03 19:29 desde IP: 189.137.241.155
Consultante:
Usted y / o sus hermanos deben de denunciar el intestado, es un juicio; que se ventila ante un juzgado de lo familiar.
Una vez hecho esto, el juez radicará la sucesión, y hará un llamamiento de todas las personas que se sientan con derecho a suceder, y se celebrará una junta de herederos, y el juicio segirá en todas sus etapas procesales (inventario, avalúo, administración, partición y adjudicación).
La única manera de que usted pueda quedarse con la propiedad, es que los co-herederos repudien y le cedan sus derechos, de lo contrario no es posible.
Los hermanos heredan por partes iguales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 202785
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 19:45 2011-01-03 19:45 desde IP: 189.212.77.179
Creo que usted ha escuchado de la prescripción positiva o usucapio en la cual una persona que ha habitado un inmueble de manera pública, pacifica, a titulo de dueño, de manera continua y de buena fe por mas de cinco años, puede reclamarla y convertirse en su propietario.
Sin embargo la ley tiene algunas excepciones y entre ellas es que los hijos no pueden prescribir a los padres por lo tanto aunque usted viviera ahi 100 años y no tuviera otros hermanos de cualquier forma tendría que promover el intestado
Por lo que sus hermanos y usted tienen que promover el intestado de sus padres... . si usted ha vivido ahi y ha pagado todo tiene derecho a una compensación sin embargo usted ha vivido ahi... sin pagar renta.. OJO CON ESO.
Hable con sus hermanos y vean la posibilidad de que ellos cedan sus derechos en su favor.. y en caso contrario una vez que se termine el juicio puedan vender y repartir los bienes de manera equitativa... Además que los gastos del juicio debe correr a cargo de todos los herederos.
Saludos
Lic. Elizabeth López
52195455
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