Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

SOBRE PENSION INVALIDEZ

  • Consulta : 217295
  • Autor : loredelafuente_NR
  • Publicado : Viernes 27 de Diciembre de 2013 22:14 desde la IP: 189.235.233.102
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,493
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • loredelafuente_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    Buenas noches:

    Quisiera consultar sobre lo siguiente:

    Hace más de 15 años tuve una operación en los ojos para  corregir visión. Muchos años estuve bien, pero a partir del 2008 he tenido disminución considerable de la visión. Tengo deformación de cornea  (ya no está curva, sino más bien plana y arrugada)... Aún con lentes tengo una agudeza visual de .2 en un ojo y .4 en el mejor ojo, aún con lentes....  Me comenta el Dr. que es un problema muy poco común. Y que posiblememte con una operación para revertir la operación de la miopía (volverme a hacer miope pero con la cornea curva para poder ver mejor), pero pues esa operación no es barata... y si no queda bien, la otra opción es un transplante de córnea (al menos en el ojo de menor visión)... y pues creo que eso ya son palabras mayores$$$. Con el ojo "bueno", pues no es que sea muy buena la agudeza visual.

    Estoy batalllando mucho para realizar mi trabajo y ser  productiva (Soy Gerente de zona ventas y cada vez mis números van peor)...Ya me dá mucho miedo manejar porque no veo bien y mi trabajo es prácticamente 80% calle (manejando y haciendo visitas a personas en sus domicilios) y el trabajo que tengo que hacer de escritorio también se me complica porque tengo que estar muchas veces con una lupa   ;(

    Según la LFT se puede declarar invalidez "Cuando el trabajador se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual al que venía desarrollando, un salario superior al 50% del recibido durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de un accidente o enfermedad no profesional"....

    El último año tuve un ingreso mensual promedio de $50,000, y obvio difícilmente podría en otro trabajo procurarme un salario superior al 50% (o sea $25,000)... así como están los sueldos!!!...  Sería posible que el IMSS declarara invalidez temporal para ver la posibilidad de corregir la visión, y de no ser posible (que espero que sí sea posible), entonces la invalidez permanente?, o por éste tipo de patología no es posible?.

    De ser procedente, de qué monto sería? La invalidez temporal se paga igual que la invalidez permanente? o se manejaría como incapacidad normal (60% del salario del último bimestre cotizado a partir del 4 dia?) 

    Tengo 900 semanas cotizadas con un salario promedio de las últimas 250 semanas de $1,143.55 diarios

     El promedio del último año es de $1,666.66 diarios

    El salario del bimestre anterior (Nov - Dic) fué de $1,333.33

    Tengo esposo y 2 hijos menores de 16 años.

    Agradezco de antemano sus atenciones

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 336521

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La declaración de invalidez la debe otorgar el IMSS. Ya sea temporal o definitiva.

    Dependiendo del daño, de si existe posibilidad de mejora o no, y una vez valuado por los médicos, el IMSS puede darte incapacidades, declarar la pensión temporal o la pensión definitiva.

    Las incapacidades se pagan al 60% de tu salario de cotización.

    Por ser ley 73, la pensión de invalidez, temporal o definitiva, se calcula igual que una pensión de vejez, es decir como si tuvieras 65 años.

    Por alguna razón el IMSS siempre trata de otorgar las pensiones por invalidez temporal bajo el esquema de la ley 97, es decir un 35% de tu salario promedio de cotización de los últimos diez años, actualizado según el INPC.

    Esto a pesar de que los trabajadores que empezaron a cotizar bajo el régimen anterior tienen la opción de elegir ley 73 o 97 cuando aspiran a cualquier tipo de pensión.

    Pero, lo primero es que para el IMSS exista un estado de invalidez y hasta que este no lo determine no se puede hacer nada.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión