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ARRENDAMIENTO

  • Consulta : 279759
  • Autor : spidersac
  • Publicado : Martes 03 de Mayo de 2016 17:08 desde la IP: 189.163.86.41
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,559
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  • Autor
    Consulta

  • spidersac
    USUARIO REGISTRADO

    Tema: Mi hija propietaria de una casa de Infonavit, la rentó en Oct.2015, la inquilina pagó el primer mes y una parte del depósito, En Noviembre y Diciembre no pagó la renta de los mismos meses; Nos asesoramos con un abogado de asesoría jurídica gratuita desde el mes de Diciembre 2015 y hasta el 19 de Abril de 2016 se presentó demanda por rescisión de contrato de arrendamiento y entrega del bien inmueble. El 21 de Abril de 2016 la Actuaria designada en turno por la Oficina Central de Actuarios, se constituyó en el domicilio de la demandada o sea en la casa propiedad de mi hija, haciendo constar en el acta levantada que llegó al domicilio y el inmueble se observa descuidado, hierba crecida, correspondencia y basura y el medidor de la luz no está en funciones, tocó insistentemente y nadie la atendió por lo que preguntó a una vecina si conocía a la demandada y si vive en el domicilio indicado, contestando la vecina que no la conocía y que la casa está deshabitada como cuatro meses. Al final anota que no es domicilio de la demandada y se abstiene de practicar la diligencia ordenada.La juez ordena dar vista a la parte actora para que en término de tres días manifieste lo que a sus intereses legales convenga con la abstención levantada al no poder emplazar a la demandada. PREGUNTA ¿CON ESTO SE CIERRA LA DEMANDA Y SE PUEDE OCUPAR LA CASA POR MI HIJA?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 388448

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, con eso no se cierra la demanada y mucho menos entrar a ocupar la casa de su hija sin una orden judicial. Pues aunque esté desahabitada la casa, aún tiene la posesión derivada la arrendataria, que su hija le otorgó por la firma del contrato de arrendamiento. Le están dando vista, para que usted, o mencione que si es el domicilio de la persona que está demandando o para que señale un nuevo domiclio para noticar, el juicio todavía no empieza, por consiguiente, tenga cuidado, porque si entran a ocupar la casa sin autorización judicial, las podrían demandar por despojo, robo, etc.



  • Autor
    Respuesta No: 388452

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    spidersac: Lo que debe hacer la hija de usted, es desahogar la vista dentro de los tres días que le concedieron, haciendo hincapié en que el actuario en la razón que levantó asentó que la casa está deshabitada, motivo por el cual solicita al juuez que dicte reolución ordenando al actuario que entregue la casa a la demandante.





  • Autor
    Respuesta No: 388493

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la vista.. q se da... es al efecto q digas lo q a tu derecho e interés convengo... tu abogado debe solicitar q en compañía de un actuario y cerrajero se abra la casa... se verifique q no hay nada ni nadie dentro y q la actora de autos sea puesta en posesión...real...material y jurídica... autorizando la ruptura de chapas y cerraduras y por ende el cambio de las mismas... no vayas a ocupar la casa sin que el actuario te la entregue... porque caerías en el delito de despojo... tu abogado sabe que hacer... no te lo vayas a saltar...



  • Autor
    Respuesta No: 388566

  • spidersac
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por sus respuestas. No queremos saltar al abogado y sabemos que está capacitado, pero él no nos ha informado absolutamente como va la misma, la asesoría que les plantee fué porque se solicitó una copia de la demanda en el juzgado; El abogado únicamente le solicitó a mi hija la cantidad de $1,500.00 pero, no le dijo para que serían, ahora ya pasaron los tres días que en la Vista señaló la Juez. PREGUNTA que sucede si no se da respuesta, se queda en stand by la demanda o la juez emite sentencia. Agradeceré infinitamente sus respuestas.



  • Autor
    Respuesta No: 388567

  • spidersac
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por sus respuestas. No queremos saltar al abogado y sabemos que está capacitado, pero él no nos ha informado absolutamente como va la misma, la asesoría que les plantee fué porque se solicitó una copia de la demanda en el juzgado; El abogado únicamente le solicitó a mi hija la cantidad de $1,500.00 pero, no le dijo para que serían, ahora ya pasaron los tres días que en la Vista señaló la Juez. PREGUNTA que sucede si no se da respuesta, se queda en stand by la demanda o la juez emite sentencia. Agradeceré infinitamente sus respuestas.



  • Autor
    Respuesta No: 388570

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    spidersac: Dice que ustedes "no quieren saltar a su abogado" pero de hecho lo están haciendo al venijr a estos foros pidiendo asesoría, así que me retiro de esta consulta y exhorto a todos para que sigan mi ejemplo.



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