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LA EX-NOVIA NO DEJA QUE ESTE CON SU HIJO.

  • Consulta : 138703
  • Autor : marmac
  • Publicado : Martes 14 de Febrero de 2012 23:49 desde la IP: 187.195.92.118
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,488
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  • Autor
    Consulta

  • marmac
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas noches.

    Quisiera saber que se puede hacer en el siguiente caso:

    La ex-novia de mi hermano se embarazo y tuvieron al bebe, al principio todo iba bien pero despues de unos meses ella cambio y dice que ya no quiere o aceptara nada que le lleve mi hermano para el niño (pañales, leche, etc.), e incluso dice que tampoco le aceptara el dinero que él le da para las necesidades que tenga el niño; cuando hablo con él nos dio a entender que ya no le aceptara nada para que ya no tenga que ver nada con el niño, lo podra ir a ver a la casa de ella pero solo eso, no se lo puede llevar a su casa los fines de semana.

    Lo que él quiere es poder llevarselo a su casa los fines de semana, pero ella dice que los fines de semana es cuando esta con el niño y esa es la razon del porque él no puede llevarselo.

    ¿¿Que puede hacer??  

    ¿¿Hay alguna forma de que él se lo pueda llevar, no todos los fines de semana pero al menos dos por mes??  

    ¿¿Podria él tenerlo de lunes a viernes y ya ella tenerlo los fines de semana que es cuando ella pasa mayor tiempo con el niño?? ((porque de lunes a viernes el niño esta en una guarderia de 8:00 a 15:00 y de 15:00 a 19:00 aproximadamente en casa de su hermana por que esa es la hora en la que sale del trabajo))

    ¿¿Mas grande el niño podria irse a vivir con su padre si asi lo elije él (bebe)??

    ¿¿Ella puede irse a otro estado con el niño??((obviamente sin la autorizacion de él, dice que se ira a vivir a San Luis Potosi))

    NOTA: El bebe tiene 9 meses.

    De antemano muchas gracias, espero su respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 254772

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debo suponer que el bebé fue registrado con el apellido del papá, si esí es lo que porcede es que el padre demande las convivencias con el menor ante el Juez de lo Familiar. En adelante cualquier cantidad que le dé a la madre requiere de recibo, como evidentemente no la firmará, debe abrir una cuanta a nombre de la madre en donde deposite el dinero por concepto de alimentos. Necesita los servicios de abogado, no coyote, no tinterillo, no usurpador, no contador, no oportunista.



  • Autor
    Respuesta No: 254775

  • clobutterfly
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenos días Ochoa Donis, S.C.

    Le envío un cordial saludo y me atrevo a preguntarle cómo puede un individuo abrir una cuenta en el banco a nombre de otra persona sin su firma y consentimiento; además, ¿qué pasa si ese individuo deposita en esa cuenta pero él es el mismo que hace uso de ese dinero puesto que la otra persona no cuenta con la tarjeta para obtener el dinero que se ha depositado? Es sólo un ejemplo que de ser posible me gustaría fuera esclarecido. Muchas gracias de antemano.



  • Autor
    Respuesta No: 254827

  • Abogadojos
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ochoa Donis, S.C.   A mi tambien me gustaria saber la respuesta a la pregunta de la forista  clobutterfly.

    A espera de su respuesta.... desde mi punto de vista esto no puede ser posible, usted no puede abrir una cuenta de banco a nombre de una tercera persona, podria nombrarla como beneficiaria de la misma pero, eso no justificaria legalmente  el cumplimiento de la obligacion de proporcionar alimentos, pues la disposicion del dinero en dicha cuenta la tiene el titular de la misma y no el beneficiario, quiza lo mas ocnveniente es que el consultante ponga a dispocicion o consigne en el juzgado una cantidad de dinero en favor del menor y demande la convivencia con el mismo, en caso de que el menor este registrado legalmente a nombre del hno de la consultante... ademas de eso la consultante debe saber que esta perdiendo tiempo valioso si es que su cuñada maga con llevarse al niño a vivir  fuera del estado... por lo que recomiendo acudir con un abogado de su confianza el cual la orientara personalmente  acerca de la manera de actuar, pues deben actuar con rapidez.



  • Autor
    Respuesta No: 254894

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    A los consultantes simpre les he brindado asesoría gratuita, pero para los "abogados" que solicitan en este foro les dé alguna cátedra, sí deberán cubrir honorarios.



  • Autor
    Respuesta No: 254898

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches,

    En primer lugar, sin el afan de ofender a la consultante considero que quien deberia de estar preocupado por que hacer, o que no hacer, es el padre del menor.

    En segundo lugar, la consultante o mas bien el hermano debe proporcionar el siguiente dato; ¿el menor fue registrado por ambos padres?... como abogado no podemos dar una asesoria idonea desconociendo datos de primera importancia.

    En tercer lugar;  y aventurandonos a pensar que el hermano registro al menor, desde luego que lo correcto es que consigne una cantidad por concepto de alimentos ante el Juez de lo Familiar o Civil competente, transcurrido uno o dos meses, podra demandar la convivencia con el menor..

    Saludos!!



  • Autor
    Respuesta No: 254929

  • Cristalito
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    comentale a tu hermano, que deberá de acuidar a un juez de lo familiar a iniciar un juicio de paternidad, el cual le otorgara los derechos como padre, en caso de que no lleve sus apellidos  y en caso de que sea afirmativo, deberá iniciar un juicio para poder convivir con su hijo con los derechos que la ley le otorgue; sin embargo, cabe recordar que el hecho de no ver a su hijo y/o convivir con el, no lo exime de sus obligaciones como padre, aunque la persona no quiera recibir lo que le dé ($), puede acudir ante dicho juez y presentar una preliminar de consignación, con ella, se ordenará la apertura de una cuenta o bien se depositara de manera temporal ante el juez para que la madre acuda a recoger el dinero, obviamente se le notificará y asi se evitara que en un momento de arrepentimiento se le ocurra demandar a tu hermano por incumplimiento de deberes alimentarios y el perjudicado resulte siendo él aun mas..

    ojala te sirva mi opinión.



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