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- Consulta : 108052
- Autor : florenavarro_NR
- Publicado : Martes 05 de Abril de 2011 00:31 desde la IP: 187.178.147.247
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Publicado el Martes 05 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Nuevo León
Visto el estado actual que guardan los autos que integran el
toca de apelación en definitiva número 244/2010 derivado del
expediente judicial número 956/2008, relativo al juicio ordinario
civil sobre reconocimiento de paternidad, promovido por xxxxxxx, en contra de xxxxxx, Oficial
Undécimo del Registro Civil con residencia en Monterrey, Nuevo
León y Director del Registro Civil en el Estado.
Al efecto de autos se desprende que ambas partes se
encuentran notificadas de la resolución dictada en fecha 29
veintinueve de octubre de 2010 dos mil diez, a través de las
diligencias actuariales de fechas 10 diez de noviembre de 2010
dos mil diez y 5 cinco de enero de 2011 dos mil once; y no
impugnaron la misma.
En consecuencia, mediante oficio remítanse al Juez
primario el expediente y las constancias conducentes al testimonio
de apelación que originaron la intervención de esta Segunda
Instancia, a que hace alusión el artículo 460 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado.
Por último, se instruye al C. Secretario adscrito a fin de que
se sirva girar el oficio que se ordena en el presente proveído, así
como para que archive el presente toca como asunto totalmente
concluido y haga las anotaciones correspondientes en el Libro de
Gobierno que se lleva en ésta H. Sala.
En la inteligencia de que a la fecha no se tiene
comunicación de la interposición de alguna demanda de amparo
ante la autoridad federal.
Notifíquese.- Así lo acuerda y firma la ciudadana licenciada xxx
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