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DICHO DEL COINCULPADO
- Consulta : 165140
- Autor : osv_89_NR
- Publicado : Jueves 16 de Agosto de 2012 14:03 desde la IP: 201.127.137.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,484
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 16 de Agosto de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 280651
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Agosto de 2012 14:37 2012-08-16 14:37 desde IP: 201.152.62.141
osv_89:
Creo que a lo que te refieres se llamda declaracion/confesion, y tiene algunas formalidades tiene que ser rendida ante el Ministerio Publico, declaracion preparatoria ante el Juez, y sin la asistencia de su defensor no tiene valor probatorio.
Y si existen los elementos que señala el articulo 16 Constitucional, se le dicta sentencia, asi pudo haberse reservado el derecho para declarar, corresponde al Ministerio Publico la carga de la pruebas de echos delistivos.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 280656
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Agosto de 2012 14:46 2012-08-16 14:46 desde IP: 187.144.36.188
si el coacusado... reconocio el acto y embarco al otro co...que la habia negado.... eso es suficiente para que proceda la sentencia condenatoria.... nunca he visto esa payasada de ...
bajo protesta de decir verdad declaro que si me ingue esas cosas junto con "X" y luego....
una declaración ...sea ministerial... preparatoria o.... ampliación de declaración... nunca se hace bajo la formula ...bajo protesta de decir verdad...
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Autor