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PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 199938
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Jueves 06 de Junio de 2013 16:42 desde la IP: 189.174.29.243
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,613
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    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    mi caso es este. hace algunos meses pelee pensiona alimenticia para mi hija de 7 años , su padre nunca la busco y decidi pelear la pension, entre pleito llegamos a un convenio del 20 % a favor de mi hija .El se negaba a que le descontaran del cheque y queria darme el el dinero por fuera pero obvio no confie en que lo fuera a cumplir ya que jamas se intereso por la niña...

    actualmente quise  tramitar el pasaporte y visa de mi hija porque queriamos ir de vacacionnes a estados unidos y como es el tramite necesite de la firma del padre de la niña y este por coraje ,asi lo dejo ver , no me quiere dar la firma para dicho tramite,lo cual me parece totalmente injusto porque la niña no tiene la culpa de que le halla solicitado la pension. El papa de la niña tiene mucho coraje de que le esten descontando del cheque ya que segun el esto le afecta demaciado y no puede tramitar su infonavit y otras excusas mas... lo que quiero saber es si puedo pelear por la patria potestad total de la niña , que el ya no tenga poder sobre la niña , el no la busca para nada ,no se interesa  ,ni la conoce. , en estos momentos ya ni siquiera me importa perder la pension ,se que es un derecho de la niña pero si por el hecho de darle pension eya no va tener su pasaporte y visa y aparte me imagino que si ocupo algun otro tramite legal tampoco va querer firma y no quisiera tener ese problema hasta que la niña sea mayor de edad.. lamentablemente solicite primero la pension, debi haber solicitado la patria potestad antes ....Ahora quiero saber que posibilidades tengo de ganary que tengo que hacer para solicitar ante un juzgado que el padre pierda la patria potestad y tenerla yo por completo...

    MUCHAS GRACIAS......

     

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  • Autor
    Respuesta No: 318448

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    Una de las principales causales para que se decrete la perdida de la patria potestad es la falta de convivencia por más de 3 meses sin justificación alguna, por lo que por ese lado se podría reclamar la perdida de la patria potestad, aclarando que el que el padre de tu hija pierda la patria potestad no quiere decir que la tenga que dejar sin su pensión alimenticia.

    Artículo 444.- La patria potestad se pierde por resolución judicial en los siguientes supuestos:

    I. Cuando el que la ejerza sea condenado expresamente a la pérdida de ese derecho.

    II. En los casos de divorcio, teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 283 de éste Código.

    III.- En los casos de violencia familiar en contra el menor;

    IV. El incumplimiento de la obligación alimentaría por más de 90 días, sin causa justificada.

    El cónyuge o concubino que perdió la patria potestad por el abandono de sus deberes

    alimentarios, la podrá recuperar, siempre y cuando compruebe que ha cumplido con ésta obligación

    por más de un año, otorgue garantía anual, se le haya realizado un estudio de su situación

    económica y de su comportamiento actual, así como un diagnóstico psicológico; dichos estudios

    serán realizados por personal adscrito a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal o

    por perito en la materia en los términos del último párrafo del artículo 346 del Código de

    Procedimientos Civiles del Distrito Federal;

    V. Por el abandono que el padre o la madre hicieren de los hijos por más de tres meses, sin

    causa justificada;

    VI. Cuando el que la ejerza hubiera cometido contra la persona o bienes de los hijos, un delito

    doloso, por el cual haya sido condenado por sentencia ejecutoriada;

    VII. Cuando el que la ejerza sea condenado dos o más veces por delitos graves; y

    VIII. Por el incumplimiento injustificado de las determinaciones judiciales que se hayan

    ordenado al que ejerza la patria potestad, tendientes a corregir actos de violencia familiar, cuando

    estos actos hayan afectado a sus descendientes.

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    TEL. 42019327  Y  47513179

    w w w. ortizrubiolegal. com. mx



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