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CONTROVERSIA
- Consulta : 210708
- Autor : nr_NR
- Publicado : Jueves 10 de Octubre de 2013 14:31 desde la IP: 201.141.228.212
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,481
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 10 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Licenciados:
Requiero de su apoyo para conocer con que argumentos legales puedo hacerle del conocimiento a una autoridad judicial, que la persona que hoy se queja de mí, primeramente ésta violó mis derechos constitucionales plasmados en el 14 y 16.
Si existe algunajurisprudencia al respecto para que exprese que primeramente me fueron violados estos por un delito de Despojo, les agradeceré y estarán en mis oraciones.
De antemano ¡Gracias!
Sonny
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 328627
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Octubre de 2013 19:15 2013-10-10 19:15 desde IP: 187.162.210.121
Con independencia de que no precisa los hechos por los cuales,. la persona a que se refiere, se ha quejado de usted aunte una autoridad que también desconocemos por lo pecisarla, debo decirle que ningún particular incurre en violación a las garantías contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, ya que dichas prerrogativas sólo pueden ser violentadas por las autoridades, no por los gobernados.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328630
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Octubre de 2013 19:18 2013-10-10 19:18 desde IP: 189.234.167.148
una jurisprudencia... es un criterio universal de la corte... no un elemento de lo que no existe... no es decir ... me violo un derecho... hay que probarlo... una tesis... una jurisprudencia... un criterio en controversia... no son ni seran nunca ... medios de prueba...
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