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CONTROVERSIA

  • Consulta : 210708
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Jueves 10 de Octubre de 2013 14:31 desde la IP: 201.141.228.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,481
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Licenciados:

    Requiero de su apoyo para conocer con que argumentos legales puedo hacerle del conocimiento a una autoridad judicial, que la persona que hoy se queja de mí, primeramente ésta violó mis derechos constitucionales plasmados en el 14 y 16.

    Si existe algunajurisprudencia al respecto para que exprese que primeramente me fueron violados estos por un delito de Despojo, les agradeceré y estarán en mis oraciones.

    De antemano ¡Gracias!

    Sonny

     

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  • Autor
    Respuesta No: 328627

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia de que no precisa los hechos por los cuales,. la persona a que se refiere, se ha quejado de usted aunte una autoridad que también desconocemos por lo pecisarla, debo decirle que ningún particular incurre en violación a las garantías contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, ya que dichas prerrogativas sólo pueden ser violentadas por las autoridades, no por los gobernados.



  • Autor
    Respuesta No: 328630

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    una jurisprudencia... es un criterio universal de la corte... no un elemento de lo que no existe... no es decir ... me violo un derecho... hay que probarlo... una tesis... una jurisprudencia... un criterio en controversia... no son ni seran nunca ... medios de prueba...



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