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REVOCACION DE CONTRATO DE DONACION
- Consulta : 120339
- Autor : Claudhina
- Publicado : Jueves 21 de Julio de 2011 00:05 desde la IP: 189.158.250.32
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,483
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Julio de 2011
Se realizo un contrato de donacion, donde el padre le deja sus propiedades (incluyendo la casa habitacion) a su unico hijo, sin que en el contrato exista una clausula de usufruto vitalicio, el problema ahora, es que el hijo corrio al padre y el problema es que el padre se quedo sin lugar a donde vivir, segun consulte y me mencionaron que se podia revocar la donacion por ingratitud... Esto es cierto? cual es el procedimiento?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 231871
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 00:19 2011-07-21 00:19 desde IP: 189.216.45.236
Así es, procede la revocación por ingratitud y cuenta con un año para ejercer la acción a partir de la "ingratitud", por lo que correspode al padre demostrar la misma. Por otra parte es ilegal la donación de la totalidad de los bienes de una persona, si lo hizo para quedar en insolvencia en perjuicio de acreedores es otra cosa, pero sí procede la nulidad por ingratitud.
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Autor
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AutorRespuesta No: 231873
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 00:23 2011-07-21 00:23 desde IP: 189.158.250.32
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Autor
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AutorRespuesta No: 231875
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 00:28 2011-07-21 00:28 desde IP: 189.158.250.32
no, de hecho, no es por cuestion de que exista algun acreedor, sino que al momento de hacer el contrato, se le solicito al notario que se agregara la clausula de usufructo vitalicio y pues por error no se le agrego y pues no se percataron, hasta hoy, ya que el padre estaba en la creencia de la existencia de dicha clausula. A que se refiere con que el padre tiene que demostrar... en que forma seria?... mucho le agradezco su atencion a responder estas dudas
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AutorRespuesta No: 231876
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 00:37 2011-07-21 00:37 desde IP: 189.216.45.236
No fue por error, para dar una donación con usufructo vitalicio se debe garantizar con fianza la mitad del valor del inmueble, no se le olvidó al notario, (olvidar, por favor) Si el hijo quiere lanzar al padre del inmueble demande la nulidad de la donación de inmediato, Tiene todo que ganar y nada que perder, mande al hijo de la .... de inmediato a la idem, junto con el "notario"
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AutorRespuesta No: 234908
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Agosto de 2011 15:47 2011-08-10 15:47 desde IP: 192.193.204.151
si ya pasaron 5 años d ela donación procede la revocar por ingratitud lo comento por este articulo del codigo civil.. Si transcurren cinco años desde que se hizo la donación y el donante no ha tenido hijos o, habiéndolos tenido, no ha revocado la donación, ésta se volverá irrevocable. Lo mismo sucede si el donante muere dentro de ese plazo de cinco años sin haber revocado la donación.
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AutorRespuesta No: 234935
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Agosto de 2011 18:04 2011-08-10 18:04 desde IP: 192.193.204.151
SI ya pasaron 5 años de la donación procede la revocar por ingratitud lo comento por esto que encontre en el codigo Civil.- "Si transcurren cinco años desde que se hizo la donación y el donante no ha tenido hijos o, habiéndolos tenido, no ha revocado la donación, ésta se volverá irrevocable. Lo mismo sucede si el donante muere dentro de ese plazo de cinco años sin haber revocado la donación.
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