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MODALIDAD 40 Y AYUDA POR DESEMPLEO.

  • Consulta : 171027
  • Autor : artumartu_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Septiembre de 2012 20:05 desde la IP: 187.145.199.115
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,488
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  • Autor
    Consulta

  • artumartu_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

     

    Hola, agradeceré cualquier ayuda. Quiero darme de alta en la modalidad 40 para extender mi conservación de derechos pues expira antes de cumplr 60 años, es decir: abarca hasta el Mayo de 2014 y cumpliré los 60 años en Julio de 2015. Actualmente tengo 57 años y meses, y 1097 semanas cotizadas, cumplo el requisito de contar con 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años. Quisiera que alguien me hiciera el favor de confirmarme lo siguiente:

     

    1.       ¿Se actualiza la conservacion de derechos al darme de alta en la modalidad 40 y cotizar al menos 52 semanas?

    2.       ¿ Me afecta en algo el solicitar una ayuda por desempleo (a la cual sí tengo derecho ) justo antes de inscribirme a la modalidad 40?

    3.       Quiero cotizar en el tope salarial para mejorar mi promedio, de aquí hasta que cumpla 60 años, lo cual es aprox. 2 años y 7 meses.  ¿Al meter mi solicitud encontraré algun problema con el IMMSS al optar por el tope salarial ó es mi derecho?

    4.       El cotizar con 25 salarios mínimos en lo que me resta de tiempo hace que supere los 15 salarios mínimos que la ley pide para exentar el pago de impuestos a pensionados, ¿Es correcta esta apreciación?

    Les agradezco de antemano sus finas atenciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286633

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Saludos

    La modalidad 40 la puedes solicitar antes de pasar cinco años después de tu baja, que al parecer es tu caso, así que podrás inscribirte sin ningún problema y con el salario que quieras. Y sí, se actualiza, o mejor dicho, esto extenderá tu conservación de derechos.

    En 2 años y 10 meses sumarías otras 145 semanas. con lo que alcanzarías un total de 1242.

    Al solicitar tu retiro, que no es ayuda, por desempleo te descontarán semanas reconocidas. Lo que definitivamente sí te perjudicará. La cantidad de semanas que te descontarán depende de tu saldo de RCV, el número de semanas cotizadas de julio del 97 para acá y de lo que llegues a retirar.

    En caso de que sea muy necesario que retires puedes hacerlo y  reitegrar ese dinero más adelante con lo que el seguro te revalidará las semanas descontadas.

    Con los datos que aportas no se puede calcular a cuánto ascenderá tu pensión. Para eso tendríamos que conocer tu salario de las últimas 105 semanas y con el cotizado las siguientes 145 se podría hacer una estimación.

    Pero aún habiendo cotizando al tope los dos últimos años y los siguientes tres, no se alcanzaría el monto de 15 SM.

    Suerte



  • Autor
    Respuesta No: 286785

  • LUIS321
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Gracias marcomcmlx por tu rápida y valiosa respuesta, te comento que el salario de las últimas 105 semanas fue de 955 pesos.  Tengo una duda de tu comentario: a que te refieres con reintegrar ese dinero más adelante, ¿acaso hay una forma de reintegrarlo en una sola exibición?.

     

    Te estaré muy agradecido por tu respuesta. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 286827

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si cotizaras al tope  (25 SM) de aquí a a los 60 y con el salario que dices has tenido los dos últimos años cotizados alcanzarías un promedio salarial de aproximadamente $1,304.00 y sumarías 1242 semanas, esto nos permite calcular una pensión de aproximadamente $18,400.00 ya incluyendo asignacón familiar por esposa.

    Al retirar dinero de tu cuenta por condición de desempleo el seguro te descontará semanas cotizadas, pero de la misma forma que te descuentan esas semanas después puedes recuperarlas "regresando" el dinero retirado.

    Esto se conviene con el IMSS, ya sea regresando el total o una parcialidad y al momento te reconocerán la parte proporcional de las semanas descontadas. Te sugiero que si haces el trámite de retiro por desempleo ahí mismo pidas orientación para un futuro reintegro.

    Buena suerte



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