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FORMATO DE BAJA A CONCUBINA ANTE EL IMSS
- Consulta : 133395
- Autor : ayeliz_1217_NR
- Publicado : Martes 20 de Diciembre de 2011 17:28 desde la IP: 187.171.125.132
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,556
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Veracruz
Hola buenas tardes me podras decir como redacto una carta para dar de baja a mi ex pareja del IMSS ya que tengo 5 años de separado y estoy actualmente con otra y ya tenemos una nena con mi actual pareja tengo 3 años y medio de juntado y no se como hacer la carta que me piden por escrito de dar de baja a la naterior y dar de ALTa a mi concubina
Gracias quedo es espera de tu respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248525
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 19:49 2011-12-20 19:49 desde IP: 189.145.41.48
Nombre del trámite
Aviso de baja de beneficiarios
Modalidad B) Concubina
¿En qué consiste?
Es el trámite que se realiza a petición expresa del asegurado o pensionado para dar de baja a su concubina en el Instituto Mexicano del Seguro Social, en caso de fallecimiento o de haber cesado el concubinato.
¿Quién lo realiza?
El asegurado o pensionado.
¿Dónde y en qué horario se presenta?
La petición de la solicitud de baja de derechohabiente, se efectuará en las Unidades de Medicina Familiar, que corresponda al domicilio del asegurado o pensionado, en horario matutino de 8:00 a 14:00 horas, y con turno vespertino de 8:00 a 19:30 horas de lunes a viernes, en días hábiles para el Instituto. En caso de que el trámite se efectué en la Subdelegación será con horario de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes en días hábiles para el Instituto.
¿Cuáles son los requisitos?
A. Presentarse el asegurado o pensionado y proporcionar en original o copia certificada según corresponda los siguientes documentos:
1. Documento donde conste el Número de Seguridad Social del asegurado o pensionado
2. Identificación oficial del asegurado o pensionado con fotografía y firma; cualquiera de las siguientes: credencial para votar del Instituto Federal
Electoral, pasaporte vigente, cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional, o Credencial ADIMSS
3. Copia certificada del acta de defunción, en caso de fallecimiento de la concubina, o declaración expresa y por escrito bajo protesta de decir verdad, que el concubinato terminó, o declaración expresa y por escrito bajo protesta de decir verdad, que la dependencia económica terminó (tratándose de concubinario).
B. Proporcionar los datos del formato Solicitud de Registro o Aviso de Baja de Beneficiarios (SAV 002).
IMSS-02-004-B Aviso de baja de beneficiarios-Modalidad B) Concubina (rio) Página 1 de 3 El personal de la Subdelegación o del Control de Prestaciones llenará el formato con los datos que usted le proporcione.
C. Firmar la solicitud o asentar su huella digital, en presencia del empleado institucional.
¿Qué respuesta se obtiene y en qué plazo?
Al finalizar el trámite el solicitante recibirá copia sellada de la Solicitud de Registro o Aviso de Baja de Beneficiarios (SAV 002).
Plazo: Dos días hábiles posteriores a la solicitud de baja.
Información complementaria
De conformidad con el Artículo 314 de la Ley del Seguro Social, se reará como fraude y se sancionará como tal, en los términos del Código Penal Federal, el obtener, así como el propiciar su obtención, de los seguros, prestaciones y servicios que la Ley establece, sin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto.
No se aceptará que el asegurado o pensionado inscriba a otra persona, sea concubina (rio) o esposa(o), en tanto no exista divorcio o defunción de la primera esposa(o), o en su caso, la defunción de la concubina (rio) o la declaración bajo protesta de decir verdad de que el concubinato terminó.
Cuando el asegurado(a) o pensionado(a) tenga registradas(os) simultáneamente a una esposa(o) y una concubina (rio), se procederá a dar de baja a la concubina
Cuando el Instituto verifique que el asegurado(a) o pensionado(a) tiene más de una(o) concubina (rio) registrado como beneficiario, deberá darse de baja a todas las concubinas, citando al asegurado para la regularización.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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AutorRespuesta No: 362590
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Agosto de 2014 16:30 2014-08-07 16:30 desde IP: 189.210.228.221
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