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Tradicional Foro de consultas
¿ME PUEDEN AYUDAR?
- Consulta : 124673
- Autor : daniel2083
- Publicado : Lunes 05 de Septiembre de 2011 21:38 desde la IP: 187.137.136.51
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 05 de Septiembre de 2011
buenas noches:
espero contesten mi consulta, trata de un juicio ejecutivo mercantil, es sobre un pagare de una financiera, cuando se metio la demanda no se agrego el acta constitutiva ni el poder general para pleitos y cobranzas, solo el pagare. la demanda no fue contestada, a los demandados se les tiene por perdido el derecho y el desahogo de pruebas ya paso, teniendoseles por confesos a los demandados, pero resulta que al solicitar que se les tenga por confesos, en ese acuerdo agregaron jurisprudencia sobre la litis cerrada y este texto:
LITIS CERRADA EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
De conformidad con el artículo 1327 del código de comercio, en el juicio ejecutivo mercantil la Litis es cerrada, pues esta disposición claramente establece “que la sentencia se ocupara exclusivamente de las acciones deducidas y de las excepciones opuestas respectivamente en la demanda y en la contestación”, disposición de la que se advierte que la Litis en el juicio ejecutivo mercantil queda establecida con los hechos en los que la actora funda su acción, que expreso en su demanda inicial y aquellos en que la demandada funda sus excepciones y que expuso en la contestación a la demanda inicial, consecuentemente la Litis en el juicio natural quedan fijadas con los hechos que las partes precisan en sus escritos de demanda inicial y su contestación a esta, y si en esta la actora no manifestó cual era el origen de los documentos fundatorios de la acción, y la demandada se concretó a oponer excepciones, sin que ninguna de ellas la haya fundado en que el origen de los pagarés fundatorios de la acción que ejercito el actor, tuviera su origen en aportaciones de los socios para un futuro aumento de capital de la ahora quejosa , atento al artículo 1327 del código de comercio, este hecho no formo parte de la Litis establecida en el juicio natural , por lo que, independientemente de que se hayan ofrecido y aportado pruebas tendientes a demostrar tales hechos, el juzgador no está obligado ni a estudiar dicha cuestión ni las pruebas ofrecidas con tal objeto, dado que de los términos del citado precepto legal se evidencia que el juicio ejecutivo mercantil es de Litis cerrada.
¿alguien me puede decir que es lo que ha pasado? ¿y que se debe hacer, volver a iniciar la demanda? ¿esto da por terminado el juicio? ¿o seguir con los alegatos?
saludos...
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 238114
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Septiembre de 2011 12:50 2011-09-06 12:50 desde IP: 187.137.91.211
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Autor
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AutorRespuesta No: 238168
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Septiembre de 2011 17:35 2011-09-06 17:35 desde IP: 200.33.74.37
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Autor
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AutorRespuesta No: 238169
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Septiembre de 2011 17:53 2011-09-06 17:53 desde IP: 189.234.195.114
1...no es necesario que se presenten poderes... con la firma al dorso del documento... es mas que suficiente para ejercitar la acciòn...
2..si fue emplazado... el juicio siguio su orden porcesal y ya nada hay que hacer...
3...el demandado sera condenado al pago de las prestaciones o al remate de lo que haya sido señalao en garantia...
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AutorRespuesta No: 238303
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Septiembre de 2011 21:11 2011-09-07 21:11 desde IP: 189.129.198.150
Hola: PAra tenerlos por confesos, debieron de agregar pliego de posiciones antes de desahogar las pruebas, para que el juez en la audiencia calificara las posiciones y los declarara confesos de las que sean legales, por lo que respecta a la continuidad del juicio, siguete con los alegatos y que se turne a resolver, como el pagare que es el documento base de la accion no fue objetado, debe de asistirte la razon en la sentencia, condenando a los demandados alapago de las prestaciones reclamadas. . .
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