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SANCIONES POR OSTENTAR UN GRADO ACADéMICO SIN VALIDEZ OFICIAL EN MéXICO

  • Consulta : 251410
  • Autor : compras_lalo_NR
  • Publicado : Lunes 29 de Diciembre de 2014 02:55 desde la IP: 187.188.66.220
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,515
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    Consulta

  • compras_lalo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Agradezco a los lectores y abogados el tiempo para analizar el presente:

    El asunto que quiero comentar es el caso de un profesor de la Universidad Públca en donde trabajo que se ostenta con un grado académimco de Ph. D. que obtuvo de la Newport University vía internet. Es una escuela que se encuentra en una lista de escuelas extranjeras que ofertan títulos por estudios en línea a nivel mundial y que inclusive en México tiene una oficina de representacion; sin embargo la SEP alerta en el sitio de internet de la subsecretaría de educación superior que los estudiosde dicha Universidad carecen de RVOE  y por tanto no se podrán registrar en la Dirección General de Profesiones para efectos de la obtención de la cédula de patente.

    Entonces revisando luego el código penal federal en el libro segundo, título XIII capítulo VII sobre usurpación de funciones públicas o de profesion y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerarquicos, divisas, insignias y siglas que pueden consultar aquí ://mexico.justia/federales/codigos/codigo-penal-federal/libro-segundo/titulo-decimotercero/capitulo-vii/

    dice que  se sancionará con prisión de 1 a 6 años y mutla de 100  a 300 días de salario mínimo a quien:

    II. Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer una profesion reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias del artículo 5 consitucional.

    a) se atribuya el carácter de profesionista

    b) Realice actos propios de una actividad profesional, con excepción de lo previsto en el 3er párrafo del artículo 26 de la Ley reglemntaria de los arts. 4o y 5o constitucional.

    c) Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista

    d) Use un título o autorizacion para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello

    e) Con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio profesional o administre alguna asociacion profesional.

    Ahora segpun el reglamento de personal académico de mi Universidad dice que los profesores pueden alcanzar diferentes categorias dependiendo de sus logros académicos siendo desde la A,B,C,D,E,y F. EL profesor antes mencionado tiene la categoria F (con percepciones onerosas) en la que se estipula que se debe contar con estudios de doctorado para acceder a dicha recategorización entre otros requisitos.

    Yo no entiendo como es que si este doctorado no tiene RVOE en México la Universidad permitió no sé si por omisión o por corrupción el hecho de que este profesor se ostente como Ph.D y tenga categoría F.... Definitivamente este no es un caso aislado, es de cierta forma común que los profesores hagan lo que sea por mejorar su condición laboral, pero mejor que se pongan a estudiar un posgrado en una institucion de probado prestigio, esto se hace con toda premeditación para lucrar y obtener beneficios económicos.

    Quisiera saber si a su juicio se cometió algún delito clarmente tipificable y de que forma pudiera proceder legalmente para solicitar ante alguna autoridad ya sea universitaria o judicial una revisión de este caso..

    Muchas gracias!

     

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