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DIVORCIO Y PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 107026
  • Autor : rzl_7520_NR
  • Publicado : Sábado 26 de Marzo de 2011 13:02 desde la IP: 189.179.80.2
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • rzl_7520_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    hola, me gustaria saber sobre los derechos que tengo al divorciarme, me case bajo el regimen de separacion de bienes, tengo una hija de 6 años y hay bienes que se compraron entre los dos pero algunas facturas estan a su nombre de mi esposo, otras cosas fueron porque se gano un premio y otras ya no existe facturas, pero me gustaria tener algo con que comenzar para no estar en ceros, creo que el me engaña, falta mucho a la casa, yo soy estudiante y ama de casa el casi no cumple con sus obligaciones como la manuntencion es muy irregular solo da un gasto y ya pero la verdad no me alcanza para los gastos de una casa, el tiene un carro de lo cual me gustaria la mitad de ese vehiculo, hay un contrato de la compra de un tiempo compratido es un club vacacional en cancun el cual tuve que firmar porque soy su esposa me gustaria lago de eso, y bueno en fin me gustaria saber a lo que tengo derecho y por ultimo voy a esperar a que el interponga la demanda para ganar tiempo y establecerme para dejar de ser dependiente de él. Gracias espero su pronta respuesta. estoy casada en el estado de mexico en cd. neza

     

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  • Autor
    Respuesta No: 216804

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En los bienes separados, cada quien se queda con lo que compro antes y durante el matrimonio, no puedes quedarte con la mitad del carro, si la factura esta a nombre de tu esposo, las cosas son de la persona que figure en la factura.

    En cuanto a la niña, si le corresponde una pension alimenticia, la cual es fijada por el juez de lo familiar, una vez hechos los tramites necesarios.



  • Autor
    Respuesta No: 216808

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    OLA

    AL CASARTE POR BIENES SEPARADOS CADA QUIEN ES DUEÑO DE LO QUE ES PROPIETARIO.

    PERO ACTUALMENTE EN EL ESTADO DE MEXICO EXISTE UNA FIGURA CONOCIDA COMO COMPESACION , EN DONDE SE ESTABLECE QUE AUQUE TE HAYAS CASADO POR SEPARACION DE BIENES , SIEMPRE Y CUANDO TE HAYAS DEDICADO A LAS LABORES DEL HOGAR Y AL CUIDADO D ELOS HIJOS TIENES DERECHO AL 50% DE BIENES .

    CON UN BUEN ABOGADO PODRAS OBTENER ALGO

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 216814

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Cerillo wmw:

    Si me hiciera favor de ilustrarme en que parte de la Ley se tipifica que """-en el Estado de México-""" se contempla la compensación del 50% a la que usted hace referencia, se lo agradecería mucho

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 216819

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    articulo 4. 99

    En todos los casos, el cónyuge inocente que carezca de bienes o que durante el matrimonio haya realizado

    cotidianamente trabajo del hogar consistente en tareas de administración, dirección, atención del mismo o al cuidado

    de la familia, o que esté imposibilitado para trabajar, tendrá derecho a alimentos, sin menoscabo de la repartición

    equitativa de bienes.

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 216821

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    No cerillo, nada que ver con la compensación (INDEMNIZACIÓN) del 50% que se maneja en algunas legislaciones de los estados de la Republica (DF art 267 fraccion VI, BAJA CALIFORNIA art 279 BIS, etc etc,) EN EL ESTADO DE MÉXICO, NO SE CONTEMPLA ESTA FIGURA.

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 216824

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Completamente correcto cerillo wmw.

    El unico problema es que primero tiene que demostrarse la culpabilidad del marido para que se aplique esta clausula, porque la quejosa manifiesta "Creo que me engaña"

    Porque entre el creer y el demostrar... ahi esta el detalle.



  • Autor
    Respuesta No: 216825

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    ROSEN

    ENTONCES QUE DEBERIAMOS DE ENTERDER POR REPARTICION EQUITATIVA.

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 216831

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Cerillo:

    Mire, en el entendido de que me parece muy correcta la forma en que usted hace sus participaciones en este Foro, recuerde tener cuidado en las reformas constantes que sufren las leyes de este país.

    Le comento lo anterior, toda vez ya sabia que no tenía la información actual correspondiente respecto de la duda de la consultante.

    Efectivamente tiene usted razón, pero solo había oído sonar las campanas, pero no sabia a donde estaba la iglesia, existe una Reforma al Código Civil del Estado de México el 06 de marzo de 2010, dentro de la cual se establece este asunto de la compensación o indemnizacion, pero es en una adición al articulo 4.46 del la Legislación Civil del Estado de México en su parte conducente del régimen de bienes separados.. que a continuacion se la trascribo

    CAPITULO III

    De la Separación de Bienes

    Disposiciones que rigen la separación de bienes

    Artículo 4.46.- La separación de bienes se rige por las capitulaciones matrimoniales o por sentencia judicial. La separación puede comprender no sólo los bienes de que sean propietarios los cónyuges al celebrar el matrimonio, sino también los que adquieran después.

    (ADICIONADO, G.G. 6 DE MARZO DE 2010)

    Para efectos de divorcio, cuando alguno de los cónyuges haya realizado trabajo del hogar consistente en tareas de administración, dirección, atención del mismo o cuidado de la familia, de manera cotidiana, tendrá derecho a la repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio, el cual no podrá ser superior al 50%, con base en los principios de equidad y proporcionalidad.

    SALUDOS





  • Autor
    Respuesta No: 216850

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    rosen....luego entonces.... esta o no esta en lo correcto CERILLLO????

    andas como muy atacador ...pero no das respuestas concretas....

    en edomex... aun cuando estes bajo regimen de separación de bienes... se entiende que a partir de la reforma ...los casados posteriormente a la misma...deberan dividir en forma compensatoria sus tiliches para quienes se dedicaron al hogar o.... no tengan bienes equivalentes a los obtenidos en el curso del matrimonio....

    obvio es.... que todos los casados anteriormente a esa modificación y que se casaron bajo la figura de separación de bienes... no les alcanza esa reforma..... projure....

    tamos o...no tamos de acuerdo????...  y si no.... Why?



  • Autor
    Respuesta No: 216877

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Lic. Garovalo:

    La Reforma hace referencia MUY CLARA que es para los efectos del Divorcio, de tal suerte que para quienes se divorcien a partir de la misma, les van aplicar el derecho a la repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio, el cual no podrá ser superior al 50%, con base en los principios de equidad y proporcionalidad, SIN REMEDIO

    SALUDOS





  • Autor
    Respuesta No: 216882

  • FAUSTO LUNA
    NO REGISTRADO

    Que tal buenas noches a todos lo foristas, e independientemente de sus comentarios, me permito señalar a la consultante que para el Estado de México es necesario que lleve primero un año de casada, cosa que no hay problema porque ella quiere aun estar junto al marido en tanto el interpone algo, (cosa que veo sin objeto esta consulta, pero en fin) realmente cada quien es dueño de lo que adquirio en el matrimonio, independientemente de la compensacion, si es que se da o no, pero para que seguir junto a alguien que no te quiere?



  • Autor
    Respuesta No: 216885

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Maestr luna...un saludo .... un abrazo....

    lo que entiendo es...que la consultante basa su consulta (valga la rebusnacia)...en que cree que el marido la ENGAÑA...cuando ella es la que se engaña... los derechos y obligaciones del matrimonio....ya estan dados....lo que puede hacer es contratar un abogado... iniciar con la acci´´on de pago y aseguramiento de alimentos.... y si hay algo... el pedira el divorcio....pero antes... no hay nada...puras sospechas ... porque ella  CREE....esos es todo...



  • Autor
    Respuesta No: 216896

  • FAUSTO LUNA
    NO REGISTRADO

    Asi es mi estimado amigo y colega Garovalo, son puras sospechas y bien sabemos que necesita de pruebas para la causal, pero al menos ni el ni ella tienen una causal, y el ya hizo de esto un modo de vida del cual ella le ha permitido.

    En cuanto a lo que establece Cerillo como unico comentario no es una figura de compesacion como tal pero tiene los mismos efectos.





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