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PENSION IMSS( LEY 1973)

  • Consulta : 174353
  • Autor : menchacarosy_NR
  • Publicado : Jueves 25 de Octubre de 2012 10:51 desde la IP: 187.160.22.53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • menchacarosy_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Hola, tengo 55 anos, casada con 2 hijos mayores de edad,  828 semanas reconocidas por el imss, El pasado abril (2012) contrate la modalidad 40 con un salario diario de 11O.00 pesos, a partir de Enero (2013) quiero incrementar mis aportaciones a  12 salarios minimos y mantener este promedio hasta que cumpla los 60 . Pregunta, bajo este esquema , cual seria mi pension (aprox) y segunda preguntas, que pasa con mis aportaciones si falleciera antes de los 60 anos? GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289846

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ¿Esas 828 semanas eran hasta abril 2012?

    ¿Tu edad actual es exactamente 55 años o estás a punto de cumplir los 56?

    Para el cálculo es necesario saber el número total de semanas cotizadas que tendrás a los 60 y el salario promedio de las últimas 250 semanas, aquí no me queda claro si todas serán con 12 SM.

    Si falleces antes de los 60 pueden suceder tres cosas.

    Una que no tuvieras beneficiarios con derechoa a pensión y tus familiares podrán retirar todo lo que haya en tu afore.

    Otra que tu esposo peleara una pensión por viudez por ley 73 en cuyo caso podrá retirar SAR e INFONAVIT 92, INFONAVIT 97 y Retiro 97.

    O bien que peleara una pensión por ley 97, en cuyo caso solo podrá retirar SAR e INFONAVIT 92.

    Cuando digo pelear es literal cuando se trata de una pensión por viudez del esposo.

    Por otra parte, otra pelea que seguramente tendrás es cuando quieras actualizar el salario de cotización bajo la modalidad 40, los del seguro no te lo permitirán, infórmate antes y en caso de que se nieguen puedes hacer alguna de estas dos cosas.

    Dejar de cotizar unos tres meses y esperar a que te den de baja y reinscribirte con un salario mayor de cotización pagando el retroactivo.

    Y la otra es darte de baja y contratarte con un patrón por unos dos meses, darte de baja y regresar a la modalidad 40.

    En el primer caso es un pleito garantizado con los del seguro ya que siempre niegan que se pueda hacer.



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