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DESPIDO DE UN HIJO EN NEGOCIO PROPIO

  • Consulta : 97302
  • Autor : sonyco_xl_NR
  • Publicado : Domingo 09 de Enero de 2011 22:54 desde la IP: 189.244.22.60
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,498
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  • Autor
    Consulta

  • sonyco_xl_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    tenemos un problema con mi hermano, mi madre ya se canso de que no la respetara se mete en todo sobre la vida de mi mama y lo peor esque no es fiel tambien toma su pago diario y ademas un poco mas,

    lo que hizo mi madre fue correrlo,

    ahora dos dias despues vuelve mi hermano a decirle que la va a meter a la carcel si no le da empleo, que porque lo que sale del negocio es para todos nuestros hermanos, ahora mi pregunta que es lo que puedo hacer legalmente y el que puede hacer en contra de nosotros??

    mil gracias por sus comentarios

     

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  • Autor
    Respuesta No: 203985

  • jmnl21
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En primera , de quien es el negocio ?.....

    si acaso tu hermano podra demandarla  , por el despido ... siempre y cuando sea injutstificado...

    quienes trabajan en el negocio ?

    y no la puede meter a la carcel ... por que no ha cometido ningun delito tu mama ...



  • Autor
    Respuesta No: 203987

  • sonyco_xl
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    el negocio es de mi mama,

    trabajamos mi madre, un amigo y yo

    ademas mi madre le dio 15 dias para que el buscara trabajo `pero al dia siguiente fue y nos entrego llaves de la casa, y morralla del negocio, como quien dice despidiendose



  • Autor
    Respuesta No: 203991

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El que ha estado y está cometiendo delitos es el hermano de usted, concretamente el abuso de confianza (O robo en su caso), el de amenazas e intento de extorsión. Como dice jmnl21 su mamá no cometió ningún delito, y aunque no se aclara que clase de negocio es, como fué constituido legalmente, ni quienes son los que lo integran, según la Ley Federal del Trabajo, cuando se trata de una industria familiar, solo se aplican sus disposiciones relativas a la higiene y seguridad de la empresa. Por lo que considero salvo criterio antagónico fundamentado, de los especialistas en derecho laboral, que no procede ninguna demanda por despido injustificado.

     

    "...Industria familiar

     

    Artículo 351.- Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos.

     

    Artículo 352.- No se aplican a los talleres familiares las disposiciones de esta Ley, con excepción de las normas relativas a higiene y seguridad.

     

    Artículo 353.- La Inspección del Trabajo vigilará el cumplimiento de las normas a que se refiere el artículo anterior..."

     



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