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PENCION
- Consulta : 933
- Autor : camelia.mich_NR
- Publicado : Jueves 11 de Diciembre de 2008 19:13 desde la IP: 201.137.88.186
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,604
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 11 de Diciembre de 2008
hola, mi pregunta es. que estoy casada por separacion de bienes, y tengo 2 hijos, mi esposo nos abandono, teniendo mi segundo hijo 12 dias de nacido esto fue en el mes de julio del presente año, yo me endeude pidiendo prestado para las necesidades del hogar,ahora el pretende regresar a casa, cuando se fue no tenia trabajo, pero ahora ya lo tiene desde el mes de octubre, a la fecha no me a pasado pencion alimenticia, aun regresando conmigo le puedo demandar ese derecho y que porcentaje me corresponderia a mi y a mis hijos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2038
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Si su esposo va a regresar con Usted, no veo el caso que le demande la pensión, lo conveniente sería que queden de acuerdo en los gastos de los hijos y sobre todo que le ayude a recuperarse de sus deudas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 2111
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Buenas Tardes:
Si le recomiendo que le demande la pension alimenticia y que le giren el oficio a la empresa donde actualmente labora con percepciones ordinarias ye xtraordinarias como aguinaldo vacaciones prima vacacional reparto de utilidades etc... hay una tesis jurisprudencial donde manifiestan que no hay retroactividad en alimentos ya que si no demando es por que podia cubiri los gastos usted puede alegar " ente comillas " que por falta de dinero no demando aunque le dierian que existen los abogados de oficio en la defensoria del Tribunal si usted puede comprobar ese endeudamiento con pruebas fehacientes podria tener luz verde.
Estamos para srevirles en el D.F. Especialsitas en Derecho Familiar www.ortizrubiolegal.com.mx 42019327 Lic Valeria Ortiz Rubio A.
OrtziRubioLegalAbogados Col Del Valle
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