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TENGO UN PAGARE Y EL DEUDOR ARGUMENTA NO TENER PARA PAGAR
- Consulta : 870
- Autor : jano.hdez_NR
- Publicado : Miércoles 10 de Diciembre de 2008 18:41 desde la IP: 189.181.222.99
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,609
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 10 de Diciembre de 2008
Tengo un pagare el cual ingrese a juzgado y al ejecutar encontra de esta persona que se dedica al fraude, desgraciadamente me di cuenta muy tarde, la finalidad es solicitar orientacion de que sucede si al requerirle el pago al deudor el argumento argumento no tener bienes o no tener recursos para pagar... asi que no fue posible que me pagara en ese momento, que sucede despues? que se debe solicitar? o como puedo saber si efectivamente no tiene con que pagarme.o que debo solicitarle al juzgado para que me pague esta persona?
nota. acudi a su trabajo a requerirle que me pagara ya que es el unico lugar donde lo pude localizar. la lic del juzgado me comento que el tenia 5 dias para hacer eso. pero si no me paga que hago?
gracias por su ayuda atte. Rocio Hdez.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1905
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necesitas buscar bienes, cerciorarte de que no tiene bienes, puedes hacerlo en el registro publico, si en verdad no tiene ningun bien, busca si esta casado y bajo que regimen, si esta casado por "bienes mancomunados" (sociedad legal), y la esposa tiene bienes puedes embargarle el 50% por pertenecerle a él.
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Autor
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AutorRespuesta No: 1914
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puedes ejecutar la sentencia, todavia tienes tiempo, si se dedica al fraude debes de saber si se empobrecio ilegalemte para evitar una accion legal, por lo tanto puedes demndar el fraude, ojo en lo penal denuncias el delito de fraude, ya que si el tenia bienes al momento de prestarle y los dilapido, vendio, cedio, malbarato, etc,. entonces se configuro el fraude, por otra parte investiga el regimen y por eses lado tambien puedes hacer algo, ya que puedes irte encontra de los bienes de la sociedad legal.
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Autor
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AutorRespuesta No: 1994
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En re´sumen:
1.- Registro público de la propiedad, para saber si tiene bienes inmuebles, o catastro, sólo qu eno es facíl conseguir la información aquí.
2.- Dirección General del REgistro Civil, pide un acta de matrimonio de él, si existe, checa el régimen bajo el cual se casó, y dedicate a buscar a su esposa.
3.- Directorio telefónico, pues para bscar a la esposa, o repetir 1 y 2.
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Autor
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AutorRespuesta No: 2000
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AUNADO A LO QUE MIS OTROS COLEGAS TE RECOMIENDAN, PUEDES CON EL ACTA DE REQUERIMIENTO (EXE CUENDUM) QUE LEVANTO EL SECRETARIO DEL JUZGADO, SI ES QUE ASENTO QUE SE DECLARABA SIN BIENES PARA GARANTIZAR EL PAGO DEL ADEUDO DENUNCIAR PENALMENTE LA INSOLVENCIA Y CON DOCUMENTALES Y TESTIMONIALES SE CONSIGNARA Y HARAS PRESION PARA EL PAGO, SUERTE
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Autor