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DEUDA SIN PAGARE ES RECUPERABLE?
- Consulta : 804
- Autor : julius
- Publicado : Martes 09 de Diciembre de 2008 19:13 desde la IP: 189.171.193.221
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,606
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 09 de Diciembre de 2008
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1690
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Efectivamente, usted puede recuperar su dinero, pero para ello, necesita primeramente acreditar el adeudo por medio de los medios preparatorios a juicio, con lo cual se puede previo concluir dicho procedimiento, conseguir el reconocimiento he iniciar el juicio mercantil procedente para la recuperación de su dinero.
Quedo a sus órdenes.
Atte.
Abogado Mendoza
Saldívar, Reynoso, Mendoza, Vázquez & Delgado Abogados.
asesorialegalmexico@hotmail.com
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Autor
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AutorRespuesta No: 1772
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Autor
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AutorRespuesta No: 1811
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medios preparatorios de juicio,mediante el reconocimiento de el adeudo,no hagas otro pagare porque te lo rebotan con una prueba grafoscopica por la antiguedad de la tinta,ademas de que en el llenado cada quien tiene sus parametros y existen puntos donde cada quien para la pluma o lapicero. si no reconoce el adeudo y no tienes testigos o pruebas no gastes en un abogado
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Autor
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AutorRespuesta No: 1816
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muy buena cerebro
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AutorRespuesta No: 1837
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si mediante el reconocimiento de adeudo por parte de tu deudor
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AutorRespuesta No: 1888
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El medio preparatorio es sin lugar a duda quiza la mejor opcion, sin mebargo compañeros abogados recordemos que si el deudor al comparecer manifiesta no deber ninguna cantidad pues practicamente destruyo la unica opcion nuestro consultante.
Sin embargo una opcion puede ser que si el señor tiene una hoja firmada en blanco realice el adeudo como se tratere se un pagare cumpliendo con todos los requitisitos que la ley reaueiere para tener la caracteristica de ser pagare. Y no se preocupe por la pericial puesto que no tiene que alterar la firma ni nada por el estilo unicamente poner los requisitos formales que la ley requiere para ser pagare, puesto que en ningun momento establece que el pagare sea necesariamente el que vendan en la papeleria ya sea de color verde o azul.
Eso si le aconsejo que si realiza el pagare lo haga usted por medio de una maquina mecanica, son alterar o cubrir la firma. lo demas es tramite, aun cuando oponga execciones o trate el duedor de acreditarlo con una pericial, puesto que usted tambien tiene el derecho de ofrecer dicha probanza
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