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JUICIO DE PATERNIDAD

  • Consulta : 785
  • Autor : BELEM
  • Publicado : Martes 09 de Diciembre de 2008 15:57 desde la IP: 201.152.66.136
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,604
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  • Autor
    Consulta

  • BELEM
    USUARIO REGISTRADO

    HOLA QUE ME GUSTARIAQUE ME PUDIERA AYUDAR UN POCO  SOY SE SAN LUIS POTOSI, TENGO PENSADO TRAMITAR UN JUICIO DE PATERNIDAD TENGO UN HIJO DE UN AÑO Y SU PAPA NO SE A QUERIDO HACER RESPONSABLE DE EL,  ME GUSTARI QUE ME EXPLICARAN EL PROCEDIMIENTO QUE LLEVARIA SE QUE TENGO QUE OFRECER LA PRUEBA DE ADNY LO CUAL TIENE QUE SALIR POSITIVA YA QUE ES HIJO DE EL, PERO EL ME HA A MENAZADO EN QUE NO HAGA NADA YA QUE EL ES ABOGADO Y SABE DEFENDERSE Y LAS COSASA ME VAN A SALIR MAL, EL COMO PODRIA DEFENDESE ? QUE PODRIA USAR EN MI CONTRA? EL NO QUIERE DARME UN MANUTENCION YA QUE DICE QUE NO TIENE DINERO.. QUE ME LAS ARREGLE COMO PUEDA

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1704

  • fabiola
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En algunos Códigos Civiles se establece que si el demandado no comparece a la diligencia en donde se deberá practicar la prueba de ADN, se tendrá por consentida o por admitida la paternidad.



  • Autor
    Respuesta No: 1706

  • Abogado Mendoza
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Solo deseo enriquecer los comentarios que la forista que me antecede menciiona (un saludo) y el procedimiento es:

    a) Presentación del escrito inicial de demanda, solicitando preuba de genética, en los juzgados de lo familiar.
    b) Si el juez aceurda, el demandado será notificado para que ofrezca su respuesta a la demanda.
    c) Si el juez acredita la preuba de ADN, el demandado debe de comparecer a la preuba, en caso contario oh negativa de hacersela, procede lo que la forista que me antecede menciona, esto porcede también en el DF.
    d) Una vez acreditada la paternidad, con dicha probanza, el demandado será consigando por sentencia al reconocimiento del menor.

    Es necesario mencionar que siendo el demandado abogado, interpondrá todos los recursos legales a su alcance para evitar la sentencia condentariora, como apelaciones de autos y de sentencia, hasta llegar al amparo. Inclusive, siendo así, considero que el asunto debe de cuuidarse con mucho detalle con objeto de evitar alguna chicanería de la contraparte.

    Quedo a sus órdeens.
    Atte.
    Abogado Mendoza
    Saldívar, Reynoso, Mendoza, Vázquez & Delgado Abogados.
    asesorialegalmexico@hotmail.com



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